
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) se encuentra investigando, a pedido de la Corporación Aceros Arequipa (CAASA), la existencia de un presunto dumping en la importación de alambrón chino. Como informó Gestión, muy pronto podría saberse la primera decisión de la entidad en torno a esta problemática, aunque sería una resolución de primera instancia.
Hasta ahora, eran conocidas las posiciones distintas de CAASA y los importadores nacionales de este producto, clave para la manufactura y la construcción. Sin embargo, Gestión conversó ahora con la representación legal de dos de los exportadores chinos: Angang Steel y Benxi North Steel Rolling, que se han acercado a este proceso ante Indecopi.
A pesar de compartir el mismo objetivo con los importadores nacionales, que se archive el caso, los abogados que representan a ambas corporaciones chinas dejaron en claro que sus argumentos son distintos. Aquí lo rescatable de su posición.
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¿Un peligro para el TLC?
Angang y Benxi no son productoras de acero cualquiera. La primera, también conocida como Ansteel, es tercer productor mundial de acero crudo en el mundo, con 59.55 millones de toneladas en 2024, de acuerdo con cifras oficiales del World Steel Association. Por su parte, Benxi opera en la misma provincia china que Angang: Liaoning. Además, según reportes en medios chinos, se analiza hace años una fusión entre ambas siderúrgicas.
Aquí, y a raíz del inicio del caso en Indecopi, las firmas son representadas por Stucchi Abogados. Según Pierino Stucchi y José Antonio Bezada, letrados de este estudio, uno de los principales argumentos de sus representadas para oponerse a la aplicación de medidas antidumping en el alambrón que venden al Perú es que se estaría vulnerando el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre China y nuestro país, vigente desde 2010 y que fue optimizado el año pasado.
Los abogados explicaron que esto se debería a que, a pesar de que el TLC sí contempla que se apliquen medidas como las que analiza hoy Indecopi para proteger a la industria nacional, los supuestos que validarían esta decisión no se cumplirían en el caso del alambrón que venden al Perú. Las fallas estarían en presuntas falencias que -a su consideración- sustentan la investigación.
La primera responde al tipo de alambrón que está analizando el Indecopi. “La determinación del producto investigado es muy amplia. Se evalúa aplicar derechos antidumping al producto de bajo y alto carbono con diámetro de 5.5 mm y 16 mm, pero CAASA, según la información que aportaron y sus propias fichas técnicas, solo produce alambrón de bajo carbono, y de 5.5 mm a 8 mm”, comentó Bezada.
Según los abogados, con ello se corre el riesgo de que se apliquen medidas correctivas a productos que no produce la rama de producción nacional y que podrían generar impactos en precios del acero para el sector construcción. Lo mismo que advierten los importadores nacionales.
Sin embargo, según argumentos de la propia CAASA, actualmente ellos fabrican alambrón corrugado de ⅝ que es casi 16 mm para industria de construcción. “No fabricamos alambrón de trefilería de 16 mm, no porque no podamos, sino porque no se nos ha solicitado, pero estamos en plena capacidad de hacerlo”, subrayaron desde Aceros Arequipa.

Otro argumento que aluden las exportadoras es que Indecopi habría asumido que no existen diferencias en los procesos productivos de China y Perú que impactan de manera distinta sobre los costos de fabricación del alambrón y explican la subvaloración de precios, pero ello no sería cierto, según Stucchi Abogados.
En China se utiliza mayoritariamente el proceso llamado “BF-BOF” por sus siglas en inglés. Con dicha tecnología se utiliza como materia prima el mineral de hierro y carbón coquizable. De acuerdo a las siderúrgicas chinas, con este mecanismo sus emisiones de C02 son más del triple de las que se obtienen al usar el proceso “EAF”, que utilizaría la industria local como CAASA.
“Con el BF-BOF los costos de producción son entre 10% a 50% más económicos que en el EAF. Si se quiere analizar causalidad debe considerarse que el producto nacional en este sector usa un método más costoso”, aseguró Bezada.
“El TLC con China permite que se apliquen medidas cuando se acredita el dumping con el daño a la industria nacional. Es parte de los compromisos, pero el TLC no establece, y esa sería la violación, colocar medidas cuando no existe el producto nacional o se ha generado un daño por las decisiones de la empresa local”, remarcó Stucchi.
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El cambio metodológico en duda
Tal como reconoció CAASA a Gestión en un informe anterior de este caso, en medio de la investigación que viene realizando Indecopi, decidieron variar su principal método para demostrar la existencia del dumping en el alambrón. Para ello, inicialmente habían propuesto tomar de ejemplo el panorama en Ecuador.
“Al inicio, todo indicaba que Ecuador no sufría prácticas de dumping, pero avanzada la investigación, se verificó que sí. Por eso, le planteamos al Indecopi que evalúe otra alternativa metodológica: la reconstrucción de costos”, expuso Robert Venero, socio del Estudio Diez Canseco, que lidera el caso de CAASA.

Ante ello, al igual que han acusado los importadores nacionales, los exportadores chinos consideran que este cambio sugerido por la siderúrgica le quitaría solidez a la acusación inicial.
“Se le ha hecho perder tiempo a Indecopi y en el medio se han afectado empresas. Claro, se puede reconstruir el precio, pero hay que ver la gravedad: hasta ahora se ha venido bloqueando el libre comercio, sin sustento claro”, reclamó Stucchi.
El abogado hace referencia a la decisión que tomó Indecopi en julio de aplicar derechos antidumping provisionales durante 4 meses a las importaciones de alambrón chino. Vencido el plazo legal, la entidad decidió suprimirlos.
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Van por el archivo o medidas acotadas
Aunque en bandos opuestos, CAASA e importadores como Prodac señalaron a este diario que es casi seguro que apelarán la decisión que daría el Indecopi en torno a este caso. La resolución, que se conocería máximo en enero, será de primera instancia.
Consultados por esta valoración, los representantes legales de Stucchi Abogados manifestaron que la posición de los exportadores chinos es que el Indecopi, si se pronuncia, disponga archivar el proceso.
Sin embargo, Bezada aclaró que otra posibilidad que aceptarían las empresas chinas que representa es que se le aplique un trato diferenciado, ya que en su caso hay evidencia explícita de que no realizan dumping. Así, acatarían derechos antidumping “individuales acordes a su actividad económica”.
USOS DIVERSOS. El alambrón traído de China al Perú sirve para producir resortes (usados en colchones), cadenas, ganchos, y diversos refuerzos en obras civiles.
“Creemos firmemente que aquí no se da esa práctica, pero en el negado hipotético que se quieran imponer medidas, somos firmes en indicar que la situación de Angang y Benxi es distinta a otras empresas”, refirió.
Ante Indecopi, afirman Bezada y Stucchi, han demostrado en la audiencia oral y vía oficios, que ambas empresas no discriminan precios entre las ventas que realizan en el mercado interno de China y el de exportación al Perú.

Periodista económico con más de 5 años de experiencia en el rubro. Licenciado en Comunicaciones por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Antes fui parte del equipo fundador del medio digital Sudaca. Cubro temas vinculados a proyectos de inversión público y privada en más de una modalidad y hago seguimiento a diversos sectores económicos.







