
A inicios de junio se promulgó la Ley N° 32371, que amplía el plazo para que los agricultores que ocupan terrenos del Estado en Perú puedan acceder al título de propiedad. La norma ahora permitirá se acojan al proceso de formalización a quienes hayan ocupado los predios mencionados hasta el 31 de diciembre de 2020.
Con este cambio -pues antes la ley solamente permitía titular a aquellos que iniciaron actividades agrícolas hasta el 2015-, los predios rústicos y tierras eriazas de propiedad del Estado destinados a la actividad agropecuaria podrán ser adjudicados directamente a los ocupantes.
Asimismo, se podrá continuar con los procedimientos de formalización incluso si existen procesos judiciales pendientes o concluidos sobre la desocupación de los predios. Para esto, los gobiernos regionales podrán asumir la titularidad de los terrenos en litigio y, si corresponde, desistir de las demandas judiciales en curso.
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Esto significa que si se inició una demanda de desalojo contra ocupantes que ingresaron al terreno antes del 2020, el gobierno regional deberá evaluará si continúa o desiste del proceso, precisó Franco Soria, socio del área Inmobiliario y Construcción del estudio CMS Grau.
“La norma busca que la región evalúe qué procesos siguen y qué procesos no. Si alguien está demandado por ocupar el terreno antes del 2020, ahora sí va a poder ser titulado y probablemente la región tendría que dejar sin efectos de proceso judicial (...) la región va a tener que evaluar exactamente el motivo del proceso, la fecha en que se ocupó el terreno y hacer un análisis objetivo, técnico, profesional para determinar en cuáles corresponde de acuerdo a la ley”, comentó.
Si bien el cambio implicaría una serie de beneficios de seguridad jurídica para los agricultores, también genera dudas entre los especialistas.

Cuestionamientos sobre la ampliación del plazo para formalizar predios agrícolas
Franco Soria señaló que una de las principales preocupaciones es que estas constantes ampliaciones de plazos generan la idea de que los procesos de formalización se vuelven permanentes en lugar de temporales, lo que incentiva la informalidad.
“La ampliación de plazos de alguna forma genera una sensación de que siempre el Congreso de la República va a ampliar plazos y eso lleva probablemente a que haya incentivos para la invasión de terrenos del Estado, para la ocupación ilegítima, para el tráfico de terrenos”, explicó.
En ese sentido, indicó, existe la preocupación de que futuras ampliaciones se den sin “análisis técnico”, sino por “cuestiones demagógicas o de populismo”.
Luis Aliaga, especialista en derecho inmobiliario del estudio PPU Legal, coincidió en que la medida podría incentivar ocupaciones o invasiones pues se podrían “fraguar” pruebas.
Por ejemplo, un tercero podría sembrar solo unas pocas plantas en un terreno y alegar una posesión anterior al 31 de diciembre de 2020, lo que podría llevar a una entrega arbitraria de derechos de propiedad.
“Lo que me preocupa es que estos procedimientos de regularización de predios rurales sean una excusa para que el Estado entregue derechos de propiedad para fines agrícolas sobre terrenos del Estado de manera indiscriminada”, señaló.
Esto, consideró, podría llevar a que los gobiernos regionales regularicen muchos terrenos de posesión privada sobre terrenos de propiedad estatal, mermando la propiedad estatal.
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Deficiente capacidad de los gobiernos regionales
Soria consideró que parte del impacto de la ley dependerá de cómo trabajen los gobiernos regionales y si ejercen bien sus funciones. Sin embargo, señaló que, desde que las competencias de titulación de predios rurales fueron transferidas del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) a las 25 regiones, se evidencia una ineficiencia por parte de gobiernos regionales.
“Muchos de estos gobiernos no tienen personal, presupuesto y -probablemente- interés en titular predios rurales. Es más, titular procedimientos individuales en muchas regiones demoran años. La descentralización de estas competencias para titulares rurales ha funcionado muy mal”, sostuvo.
Aliaga precisó que la ley no soluciona la deficiente capacidad técnica para gestionar adecuadamente estos procedimientos. Esta falta de capacidad administrativa podría agravar los riesgos de arbitrariedad, impidiendo que los mecanismos de formalización logren su objetivo y, en cambio, generen procedimientos irregulares.
“Es un problema institucional que si no se soluciona, por más de que generes mecanismos para poder propiciar la propiedad privada, siempre vas a tener el problema de la capacidad técnica y económica para la gestión de estos procedimientos de regularización de derechos de propiedad por parte de los gobiernos regionales”, refirió.
Además, añadió que también existe el riesgo de que este tipo de modificaciones o ampliaciones en leyes respondan a intereses particulares pues, recordó, la medida fue ampliada en el Congreso.

Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la Universidad de San Martín de Porres con experiencia en radio, tv, redes sociales y medios impresos. Escribo y hablo sobre economía y finanzas desde el 2020.