Sector textil. (Foto: GEC)
Sector textil. (Foto: GEC)
Redacción Gestión

A través de un Decreto Supremo publicado este sábado el Ministerio de Economía y Finanzas () aprobó el reglamento de la Ley N° 31969, Ley que impulsa la competitividad y el empleo en los, agrario y riego, agroexportador y y fomenta su reactivación económica.

La ley que impulsa la competitividad y el empleo en los referidos sectores establece el derecho a un crédito tributario por reinversión contra el impuesto a la renta y un régimen especial de depreciación de maquinarias y equipo, respectivamente, para los contribuyentes del Régimen Mype Tributario y del Régimen General del impuesto a la renta que desarrollen principalmente las actividades de la industria textil y confecciones.

Asimismo, dispone una deducción adicional por la contratación de trabajadores nuevos para los referidos contribuyentes y las personas naturales o jurídicas perceptoras de rentas de tercera categoría, comprendidas en los alcances de la Ley N° 31110, Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, respectivamente.

De acuerdo con la norma legal, su implementación se financia con cargo a los respectivos presupuestos institucionales de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Este incluye disposiciones referidas a beneficios y créditos tributarios, y sobre un régimen especial de depreciación y deducciones por contratación de trabajadores, entre otras medidas.

Alcances

El ámbito de aplicación del reglamento alcanza a:

1. Los contribuyentes del Régimen MYPE Tributario y del Régimen General del impuesto a la renta que desarrollan principalmente actividades de la industria textil y confecciones que se refiere la División 13 –clases 1311, 1312, 1313, 1391, 1392, 1393, 1394 y 1399– y la División 14 –clases 1410, 1420 y 1430– correspondientes a la Sección C de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (Revisión 4), comprendidos en el párrafo 2.1 del artículo 2 de la Ley, y tienen registrada en el Registro Único de Contribuyentes como actividad económica principal, una de las clases antes referidas.

2. Los contribuyentes comprendidos en el artículo 2 de la Ley N° 31110, Ley del Régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial y su norma reglamentaria, solo respecto de la deducción adicional por la contratación de trabajadores.

Asimismo, señala que los contribuyentes que reinviertan sus utilidades -luego del pago del Impuesto a la Renta- en la adquisición de activos destinados a las actividades señaladas anteriormente, tienen derecho al crédito tributario por reinversión.

Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.