
El Poder Ejecutivo desea un giro para la empresa Servicios Postales del Perú (Serpost); por ello, bajo el carácter de “muy urgente”, elevó ante el Congreso de la República un proyecto de ley que regula el Régimen General de los Servicios Postales.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) lo resume en una ayuda memoria que compartió con Gestión: “El proyecto de ley representa un avance significativo para el sector, al modernizar un marco legal que ha estado vigente por más de 30 años y al asegurar un servicio postal universal de calidad en beneficio de la población".
Y agrega: “Considerando el nuevo escenario postpandemia del servicio postal, genera un nuevo giro de remisión de documentación hacia envío de mercancías por el incremento del comercio electrónico”.
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Serpost: ¿redefinición de obligaciones?
Y, en efecto, desde finales del siglo XX el país apostó por la liberación del sector postal y su transformación en un escenario de competencia abierta. Aun así, existe la figura del operador designado —como en algunos otros países— que cumple, de manera obligatoria, con un Servicio Postal Universal (SPU).
Con la propuesta de ley, Serpost se mantiene como operador designado, pero ahora se definen en blanco y negro sus obligaciones: debe cumplir con "un conjunto de servicios postales básicos que el Estado garantiza a todos sus habitantes, en todos los puntos del territorio nacional, en forma permanente y a tarifas asequibles, bajo condiciones de calidad determinadas".
Sobre este punto, Gestión consultó a distintos abogados: aunque entienden por qué Serpost es el operador designado, subrayaron algunas dudas.
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Serpost, todavía, como operador designado
Si bien Serpost ya asume este papel desde 1994, Angie Umezawa, counsel de Derecho Público de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), comenta que “no tiene mucho sentido” que en el cuerpo de la norma propuesta se evoque a la selección de un operador designado y “finalmente en el mismo texto se diga que será Serpost”.
Diego Arce, especialista en Derecho Administrativo y Derecho de la Competencia de Rodríguez Angobaldo Abogados, sostiene que “la designación directa de Serpost como operador universal, sin un proceso de licitación ni evaluación previa del desempeño de la entidad y sin disposiciones para la revisión de esta designación durante su vigencia (20 años), podría no generar ningún incentivo para la mejora de la calidad del servicio”.
Por eso insta a que el proyecto cuente, también, con la participación de "Indecopi y Osiptel de forma activa“.

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¿Se podría apostar por “reasignar” al operador?
Umezawa considera que “la norma no debería decir que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones designa al operador, sino que debería referir que está buscando un procedimiento para determinar quién va a ser ese operador”.
En esa línea, Fernando Castañeda, socio en ACB Abogados, recuerda que “en otros países, el operador postal designado es también una empresa privada (lo indica, asimismo, la exposición de motivos del proyecto del Poder Ejecutivo). En Perú también podría serlo, no hay ninguna restricción para eso”.
Sin embargo, extiende una realidad: “No sé qué tan atractivo sea participar como un operador designado. ¿Qué ventajas tiene el servicio postal que no es designado? Bueno, puede determinar el área de cobertura, a diferencia del que brinda el servicio postal universal, que tiene que abarcar todo el país. Todo el país va a incluir muchísimas zonas no rentables, pero que tienen que ser cubiertas”.
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En suma, "garantizar el servicio postal para toda la población tiene un costo. Hay que ver si la actividad en las zonas más rentables da para cubrirse aquello que no sea rentable”.
Castañeda insiste: “No sé cuánta gente, cuántas empresas, se presentarían, porque las tarifas, incluso, están reguladas para un servicio postal universal. En cambio, en el sector privado, están sujetas a competencias”.
A propósito, el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo menciona que la tarifa de la prestación de los servicios postales se rige por las reglas del mercado y la libre competencia, pero “para los servicios de envíos postales comprendidos en el servicio postal universal, el MTC, a propuesta del operador designado, fija periódicamente el valor de la tarifa máxima de dichos servicios (...)”.

El filtro de Serpost
Si bien el proyecto reconoce que la actividad del servicio postal en el Perú también incluye la participación de otros operadores en servicios no universales, “el acceso a la red postal pública estará sujeto a la autorización previa por parte de Serpost”, formula Arce. “Esto podría generar riesgos de discriminación de acceso al mercado a nuevos competidores”, adiciona.
El abogado identifica, entonces, un riesgo vinculado a una suerte de “subsidio cruzado”. Este concepto equivale a cobrar montos por debajo de los costos a un grupo de usuarios —domésticos, en su mayoría— y montos por encima del costo a otro —industriales o empresas más grandes, por ejemplo—.
“No debe perderse de vista también que, al permitírsele a Serpost financiar el servicio universal con ingresos de actividades comerciales como operador designado, existe un riesgo de subsidios cruzados que distorsionarían la competencia con otros operadores mediante el uso recursos obtenidos en mercados competitivos para cubrir déficits de un servicio regulado”, observa.
Arce es enfático: “El equilibrio entre la función social del servicio postal y la eficiencia competitiva del mercado dependerá de cómo se reglamenten e implementen estas disposiciones”.
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La ventaja del factor modernidad
Castañeda, no obstante, reconoce que la propuesta, además de ratificar el papel de Serpost, le otorga un “refresh” a su dinámica de envíos.
“Hoy por hoy, Serpost atendería la paquetería típica, que podemos pensar tradicionalmente, como también aquella del comercio electrónico. Yo compro a través de una pantalla, pero a mi casa va a llegar un paquete, y ese paquete tiene que ser despachado con la seguridad y eficiencia de los tiempos actuales. Entonces, yo creo que revisar el marco regulatorio, habiendo pasado más de 30 años desde el original, es oportuno”.
Y concluye: “Lo más interesante en el proyecto de ley es la articulación de lo que tradicionalmente ha sido mensajería y paquetería, ahora unida con el comercio electrónico. Traerla a la modernidad, traerla al siglo XXI. [...] Y esto tiene que tener ciertos parámetros de universalidad, ofreciéndole la libertad de competencia, haciéndola sostenible, asegurando un nivel de calidad. Y en el mercado van a concurrir diferentes agentes, pero este operador designado hoy día es el Serpost”.
El dato:
- En el PL se especifica qué dinámicas quedan fuera del marco legal: los envíos de una empresa que circula carga destinada a la misma y con sus propios medios de transporte; los envíos privados entre poblaciones que no cuentan con presencia de operadores postales; y los envíos conducidos a título gratuito y por propios intereses.

Redactora de Economía en diario Gestión. Periodista piurana con seis años de experiencia profesional en el rubro.