
El pleno del Congreso aprobó este miércoles 30 de abril un dictamen que fija nuevas condiciones para el acceso de las mypes al mercado libre de electricidad, con el objetivo de reducir sus costos.
Rafael Laca, asesor en Energía de Enerkory, explica que en el Perú los usuarios cuya demanda anual de electricidad sea igual o menor a 200 kW (kilovatio) por punto de suministro deben pagar tarifas reguladas por Osinergmin: por ejemplo, las bodegas asumen precios determinados por la licitación de por medio y no tienen capacidad de negociación directa.
También son usuarios regulados negocios como librerías, tiendas, mini markets o talleres de Gamarra. “Con el acceso al mercado libre de electricidad los negocios pequeños podrán pagar entre 40% o 20% menos que en el precio regulado”, sostuvo para Gestión.
En cambio, aquellas empresas con una demanda anual entre 200 kW y 2,500 kW pueden escoger entre ser regulados o libres; y aquellos que superen los 2,500 kW, son libres obligatoriamente —es decir, pueden contratar con un proveedor de electricidad a un precio y plazo del servicio—.
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Ahora, el Congreso dio luz verde —con 100 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones— a la modificación normativa para que las mypes “fortalezcan su productividad” al poder negociar directamente con los proveedores" —entre estos últimos encontramos a firmas como Electroperu, Atria, Kallpa, etc—.
El siguiente paso es que el Congreso envíe la autógrafa al Poder Ejecutivo para que este la promulgue u observe dentro de un plazo de quince días útiles tras recibirla.

Condiciones para que las mypes ingresen al mercado libre de electricidad: ¿qué riesgos se corren?
Según el dictamen —que fue exonerado de segunda votación—, los negocios deberán estar inscritos en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa - REMYPE vigente.
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También tendrán que cumplir con la máxima demanda anual fijada por ley, la cual será:
- Mayor a 150 kW y hasta 2,500 kW entre el 1 de enero del 2026 y 31 de diciembre del 2027.
- Mayor a 100 kW y hasta 2,500 kW entre el 1 de enero del 2027 hasta el 31 de diciembre del 2029.
- Mayor a 50 kW y hasta 2,500 kW desde el 1 de enero del 2030.
“Las mypes encararán las reglas del libre mercado. Se les da una oportunidad para que entren a la cancha grande y ya depende de ellas si quieren arriesgar. ¿Riesgos? Muchos clientes pequeños se han ido con las generadoras por los precios baratos pero terminan pagando más por condiciones adversas, a diferencia de las empresas grandes que tienen asesores técnicos y legales. Puede que no sepan lo que estén firmando", resumió Laca a este medio.
Por otro lado, la ley faculta al Estado a promover la asociatividad de las mypes para consolidar su demanda eléctrica y así puedan ingresar al mercado libe de electricidad para “mejorar sus condiciones de negociación”.
¿Cómo se aplicará? Las mypes dentro de una misma zona geográfica o dentro de un mismo circuito eléctrico podrán ser reconocidas como sujetos habilitados para contratar un proveedor y que su máxima demanda anual sea superior a 2,500 kW.