
La Comisión de Economía del Congreso de la República de Perú aprobó un dictamen que crea incentivos para que se entreguen donaciones a los bomberos. ¿En qué consistirá?
Con 17 votos a favor, dos en contra, dos abstenciones, se dio luz verde a que, en concreto, las donaciones al Cuerpo General de Bomberos Voluntario del Perú serán deducibles para el cálculo de la base impositiva del Impuesto a la Renta de tercera (empresas), cuarta y quinta categoría.
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Límites de la deducción
Además, el proyecto también ajusta el Decreto Legislativo 774, Ley del Impuesto General a la Venta.
Actualmente, de las rentas de cuarta y quinta categorías podrán deducirse anualmente, un monto fijo equivalente a 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Ahora, adicionalmente, se podrán deducir como gasto los importes pagados por concepto de “hasta el 100% de las donaciones al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú por un máximo del 2% de una Unidad Impositiva Tributaria”.