
A casi un año de haberse emitido un laudo arbitral internacional en su contra, el Estado peruano fue declarado en rebeldía por un tribunal de Estados Unidos por no cumplir con el pago de más de US$ 91 millones a favor del consorcio Kuntur Wasi.
La decisión fue adoptada por el Tribunal de Distrito de Columbia, que autorizó la ejecución forzosa del laudo dictado por el Ciadi en 2024, tras la resolución anticipada del contrato para el aeropuerto de Chinchero.
El caso reabre el debate sobre las consecuencias de incumplir decisiones arbitrales internacionales: ¿qué implicancias podría tener esta situación para el país, tanto a nivel jurídico como en términos de su credibilidad ante inversionistas extranjeros?
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Detalles del caso
El origen del conflicto se remonta a 2014, cuando el Estado peruano adjudicó a Kuntur Wasi la concesión para diseñar, financiar, construir y operar el nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero, en Cusco. El consorcio, conformado por la peruana Andino Investment Holding y la argentina Corporación América, asumiría el proyecto bajo una asociación público-privada cofinanciada.
Sin embargo, en 2017, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) resolvió unilateralmente el contrato alegando razones de interés público, luego de cuestionamientos a una adenda financiera y observaciones de la Contraloría General de la República.
En 2018, al no llegarse a un acuerdo sobre el pago de una compensación, Kuntur Wasi inició un arbitraje internacional ante el Ciadi. En su laudo final, emitido en mayo de 2024, el tribunal concluyó que la resolución del contrato fue arbitraria e injustificada, violando el tratado de inversiones entre Perú y Argentina.
Si bien desestimó el reclamo de lucro cesante, el tribunal ordenó al Estado peruano pagar más de US$ 91 millones por los gastos incurridos, penalidades contractuales, impuestos e intereses.
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Ese mismo año, el consorcio solicitó ante la Corte del Distrito de Columbia el reconocimiento y ejecución del laudo. La demanda fue notificada formalmente al Perú en noviembre de 2024.
Al no presentarse ninguna respuesta del Estado dentro del plazo establecido, el tribunal estadounidense declaró a Perú “en rebeldía” el 8 de abril de 2025 y autorizó a Kuntur Wasi a iniciar el cobro forzoso mediante embargos de activos estatales que no gocen de inmunidad soberana.
Fuentes del Ejecutivo señalaron a Gestión que, conforme al marco normativo vigente, la responsabilidad del pago del laudo arbitral recaería en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), por ser la entidad concedente del contrato con Kuntur Wasi.
Esta interpretación se sustenta en el numeral 14.3 del artículo 14 de la Ley N.° 28933, que establece que los pagos derivados de laudos arbitrales internacionales deben ser asumidos por la entidad pública directamente involucrada en la controversia.
Hasta la fecha, el Gobierno peruano no ha emitido una posición pública sobre su ausencia en el proceso ni sobre los pasos que tomará frente a la sentencia. La situación ha puesto nuevamente en discusión el impacto de las decisiones arbitrales internacionales sobre la gestión pública y la responsabilidad del Estado ante sus compromisos contractuales.
¿Qué significa que el Estado haya sido declarado en rebeldía?
Según Nicolás Hernández, asociado senior del Estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas, la declaración de rebeldía es una figura procesal que se activa cuando una parte, en este caso el Estado peruano, no responde a una demanda dentro del plazo legal pese a haber sido válidamente notificada.
En el procedimiento iniciado por Kuntur Wasi ante la Corte del Distrito de Columbia, Perú no presentó respuesta en los 60 días establecidos, lo que permitió que el proceso continúe sin su intervención. Esta situación deja al Estado en indefensión y expuesto en el procedimiento de ejecución.
Manuel Villa-García, socio del Estudio Olaechea, calificó la omisión como un hecho inédito para el Perú en materia de arbitrajes internacionales y señaló que transmite una imagen de desinterés o desorganización institucional.
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La ejecución forzada y el riesgo sobre activos comerciales
La negativa del Estado peruano a cumplir voluntariamente el laudo permite que Kuntur Wasi inicie procedimientos de ejecución forzada contra activos peruanos en el extranjero, particularmente en Estados Unidos.
Hernández indicó que, aunque aún no se han ordenado embargos, la empresa ya está en condiciones de solicitar medidas como la incautación de activos comerciales en territorio americano.
Por su parte, Villa-García explicó que estos procesos se desarrollan fuera del sistema presupuestal nacional.
Por ello, el eventual pago no seguiría los mecanismos internos de priorización de deuda pública, sino que se concretaría directamente sobre los activos embargados, lo que podría afectar las reservas del país o instrumentos financieros destinados a inversionistas extranjeros.
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Consecuencias reputacionales
Ambos abogados advierten que las implicancias del caso van más allá del proceso específico y pueden comprometer la imagen del Perú ante la comunidad internacional.
Hernández remarcó que el país ha mantenido históricamente una línea de cumplimiento frente a laudos del Ciadi, por lo que este caso representa una ruptura preocupante.
Agregó que es posible que el Gobierno esté evaluando una estrategia o negociación fuera del proceso judicial, aunque la falta de respuesta formal es, en sí misma, un mensaje negativo.
Villa-García, por su parte, fue más crítico y advirtió que la rebeldía procesal envía un mensaje de informalidad institucional. En su opinión, el caso puede alinear al país con naciones como Venezuela, Cuba o Nicaragua, que han sido señaladas por desconocer laudos arbitrales o retirarse del sistema Ciadi.
“Todos queremos atraer inversión, pero ¿quién va a venir a invertir en un país que no respeta las reglas que voluntariamente acepta?”, cuestionó.
Villa-García recordó que, incluso, el propio Gobierno ha reconocido, en declaraciones oficiales, que el incumplimiento de laudos se ha “normalizado” en distintos niveles del Estado.
Afirmó que esa práctica erosiona la confianza de los inversionistas y debilita la posición del país en futuros arbitrajes o procesos de endeudamiento internacional. “El Perú hace roadshows para atraer capital, pero si no paga cuando pierde, ese esfuerzo se neutraliza”, apuntó.
Ambos coinciden en que esta situación puede tener efectos duraderos sobre la percepción de seguridad jurídica, uno de los factores clave que los inversionistas evalúan antes de comprometerse en proyectos de largo plazo.
En un contexto donde muchos contratos públicos incluyen cláusulas de arbitraje precisamente para garantizar neutralidad en la resolución de controversias, incumplir las decisiones derivadas de esos mecanismos afecta la credibilidad institucional y puede encarecer el acceso al financiamiento.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.