
Sobre la mesa del Congreso hay un proyecto de ley vinculado a los derechos laborales de las personas con discapacidad. Aunque la iniciativa legislativa ahora se encuentra bajo la lupa de la Comisión de Inclusión Social, los expertos ya señalan ciertas deficiencias en su configuración.
La médula del asunto se ubica en la modificación del artículo 49.1 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad. ¿Qué abarca?
LEA TAMBIÉN: Las nuevas proyecciones para el dólar tras el alto al fuego entre Israel e Irán
Ajuste en la ley de la persona con discapacidad
Con el PL, a cargo del Bloque Magisterial de Concertación Nacional, se pretende extender el campo de empleabilidad hacia un pariente.
“Las entidades públicas están obligadas a contratar personas con discapacidad o integrantes del hogar focalizado de personas con discapacidad severa en situación de pobreza de acuerdo a los criterios del Sistema de Focalización de Hogares - SISFOH, en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal, y los empleadores privados con más de cincuenta trabajadores en una proporción no inferior al 3%”, se puede leer en la propuesta.
Si bien la argumentación en el documento oficial se concentra en encontrar un mecanismo que genere un ingreso económico para la familia, Armando Gutiérrez, laboralista de la firma Rubio Leguía Normand, considera que el PL “desnaturaliza” el principio de inclusión.
“Al final, la cuota de discapacidad podría estar completada con personas sin discapacidad. Se está estableciendo otro beneficio, de repente, en favor de la pobreza, pero que claramente no le corresponde a las empresas. Cubrirlo le correspondería a las ayudas sociales del Estado”, explica.
Ante aquella lógica, el especialista enumera a otros grupos que podrían también recibir asistencia estatal: “Ayudemos a todos los sectores vulnerables, a las embarazadas, por ejemplo, o a cualquier persona en situación de pobreza. A cualquier que requiera beneficios económicos”.
Señala, además, que la mención acerca del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) resulta vaga: “Estos hogares están conformados por las personas que viven en la casa, con lo cual no sabemos si son padres, hijos, hermanos, tíos o cualquier integrante”.
LEA TAMBIÉN: Petróleo y ajustes en su precio internacional: ¿cuánto tarda en reflejarse en Perú? Petroperú explica
La “cuota” de empleo
Silvia Rebaza, asociada principal de PPU, aunque cree que la iniciativa es buena, coincide con Gutiérrez y profundiza en la cuota de empleo.
“No están creando una nueva cuota, sino que están reemplazando una que ya existe. ¿Qué quiere decir esto? Que mi 5% o mi 3% podrían estar completos únicamente con personas que son familiares de alguien con discapacidad, ya no con personas con discapacidad. Y nadie podría objetarme nada porque la norma incluye a los familiares, lo cual podría terminar afectando las posibilidades reales de inserción de las personas con discapacidad".
Subraya, en esa línea, que esta ampliación en el encasillado podría mover las preferencias de los contratistas.
“[La iniciativa] disminuiría la cantidad directa de personas con discapacidad contratadas, porque, en vez de contratar a una persona con discapacidad, [una empresa] podría preferir seleccionar a una persona que no tiene ninguna discapacidad, pero que es familiar de alguien que sí”, analiza Rebaza.
“La cuota de empleo ha ayudado a estas personas a insertarse y tener mecanismos propios de trabajo. Pero, en esta situación, tendrían más ventaja aquellas que no registran necesariamente una discapacidad”, agrega.

LEA TAMBIÉN: Gadgets que marcan el ritmo en el mundo corporativo: lo que más valora el ejecutivo peruano
Discapacidad severa, pero según la función
Otro punto que Gutiérrez toma en cuenta es la mención sobre la “discapacidad severa” en la modificación del artículo.
“Queda muy amplio el entendimiento sobre lo que es discapacidad severa. ¿Qué es lo que he visto en los hechos? Que a veces se dificulta la contratación porque la discapacidad que tiene una persona no permite realizar ciertas labores. Cada discapacidad, para calificarla de severa o no en un trabajo, va a depender de cuál es la función que se requiere", formula.
Tampoco está justificada la premisa que aparece en el documento oficial: “ampliar el acceso a los beneficios laborales y de protección social al grupo vulnerable”.
“Cualquier contrato (de personas con discapacitad o no) está sujeto a todos los beneficios de la ley, está incluido en planilla, tiene vacaciones, gratificaciones, etc., salvo que sea un régimen en particular, como el de una microempresa. Pero precisamente las microempresas y las pequeñas empresas no están dentro del cumplimiento de la cuota del 5% de trabajadores con discapacidad”, recuerda el laboralista.
LEA TAMBIÉN: Yape espera afiliar a su seguro de salud a 30,000 usuarios en su primer año
El desafío de las empresas
Rebaza desprende una arista acerca de este proyecto de ley: el incumplimiento de las empresas en la contratación de personas con discapacidad.
“Algunas no llegan a la cuota no porque no haya personas con discapacidad, sino que muchas veces las personas con discapacidad puede que no sepan cómo ir o cómo utilizar este mecanismo para aplicar de una forma más sencilla. Por ejemplo, actualmente hay una bolsa de trabajo del MTPE, pero podría haber otras maneras para ponerse en contacto con potenciales trabajos”.
La experta encuentra, asimismo, otra razón.
“Hay empleadores que tampoco llegan a la cuota porque sus puestos de trabajo genuinamente no se los permiten. Hay muchos puestos de trabajo que se habilitan, pero que son de alto riesgo, y personas con determinadas discapacidades no podrían prestar los servicios”.
“Y, como tercer motivo, hay muchas personas con discapacidad que podrían no saber que tienen una discapacidad, la cual podría ser tramitada. Hay personas que puede que desconozcan la norma y, de paso, estos beneficios adicionales al registrarse. Es una lucha contra un sistema donde está más normalizado que contemos con todas nuestras capacidades”, refiere.
Rebaza cree oportuno, además, mayor especificación sobre el proceso de postulación.
“Si yo voy a hacer un proceso de selección y alguien viene con su carnet de Conadis, yo sé que ese ciudadano está postulando como persona con discapacidad. Pero, ¿cómo pruebo que alguien sea familiar de una persona que tiene discapacidad severa y que cumple con los criterios de pobreza? Es decir, la forma en que vamos a desplegar esta norma no es clara".
Para ella, las imprecisiones representarían un problema en la definición y, sobre todo, en la inclusión de la cuota.

Redactora de Economía en diario Gestión. Periodista piurana con seis años de experiencia profesional en el rubro.