Las CMAC deberán adecuar sus procesos internos para el cumplimiento de las nuevas disposiciones establecidas por la SBS. (Foto: GEC)
Las CMAC deberán adecuar sus procesos internos para el cumplimiento de las nuevas disposiciones establecidas por la SBS. (Foto: GEC)
Redacción Gestión

La , mediante Resolución N.° 01803-2025, modificó el Reglamento de participación de las de ahorro y crédito (CMAC) en la ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado.

La medida se tomó para alinear el reglamento a la Ley N.°31735 dictada por el Congreso de la República y en el Decreto Supremo N.° 011-2024-EF.

Con ello, las CMAC deberán adecuar sus procesos internos para el cumplimiento de las nuevas disposiciones establecidas.

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Algunos ajustes realizados comprenden la definición del término “certificado” para ampliar el alcance del uso de los certificados de inversión pública regional y local (CIPRL) y los certificados de inversión pública del gobierno nacional (CIPGN), los cuales podrán aplicarse para el pago de cualquier tributo cuya recaudación constituya ingreso del Tesoro público y que sea administrado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ().

Asimismo, se ajustó la frecuencia del plazo en que la Gerencia Mancomunada o el gerente general de las CMAC debe informar al Directorio sobre el estado de ejecución, grado de avance e importe de una obra, pasando de una periodicidad mensual a una trimestral.

De otro lado, se modificó el importe máximo de la inversión total para la ejecución de una obra seleccionada, ampliándose el factor fijo de 0.5 a 0.8 conforme con el análisis realizado por la SBS a las características y comportamiento de la información tributaria de las CMAC, y en línea con lo señalado en la Ley.

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