
Telefónica del Perú (Movistar), ahora en manos de Integra TecInternatinal, informó este jueves a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) que su Directorio aprobó acogerse a un Procedimiento Concursal Preventivo (PCP) con suspensión de la exigibilidad de obligaciones, en el marco de lo establecido por la Ley General del Sistema Concursal.
Según el comunicado remitido por la empresa como hecho de importancia, esta medida tiene como objetivo la refinanciación ordenada de sus pasivos mediante la elaboración y posterior aprobación de un Acuerdo Global de Refinanciación por parte de sus acreedores. La iniciativa busca preservar la viabilidad de los negocios de la compañía, asegurar la integridad de sus operaciones y garantizar la continuidad en la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones.
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Como parte de este proceso, refirió que hoy presentó la solicitud formal ante la Comisión de Procedimientos Concursales del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en la que solicita acogerse al mencionado procedimiento preventivo.
Telefónica del Perú recalcó que esta decisión no afecta la prestación de sus servicios de telecomunicaciones ni altera las condiciones de atención a sus clientes, comprometiéndose además a cumplir con todas las obligaciones legales correspondientes al proceso.
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Cambio en el procedimiento concursal
La reciente decisión de los nuevos propietarios de Telefónica del Perú, la firma argentina Integra Tec, marca un giro en la estrategia concursal de la empresa para reestructurar sus deudas. Como se recuerda, el pasado 24 de febrero, la compañía presentó ante Indecopi una solicitud para acogerse a un Procedimiento Concursal Ordinario (PCO), con el objetivo de reestructurar sus obligaciones financieras y contingencias acumuladas.
Indecopi contaba con un plazo de 90 días para admitir la solicitud. Sin embargo, dado que hasta la fecha no se ha producido dicha admisión, la empresa ha optado ahora por acogerse en su lugar a un Procedimiento Concursal Preventivo (PCP).
Una diferencia clave entre ambos procedimientos es el momento en que se activa la suspensión de las obligaciones financieras: en el caso del PCP, esta se produce desde el momento en que se presenta la solicitud; en cambio, en el PCO, solo se activa una vez que Indecopi admite el trámite.
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Cabe señalar que, hasta el día de ayer, la Sunat embargó inmuebles de Telefónica por una deuda de Impuesto a la Renta que supera los S/ 832 millones. Otro aspecto relevante es que el PCP no contempla la posibilidad de liquidación de la empresa, ya que su finalidad es la refinanciación ordenada de deudas, a diferencia del PCO, que sí considera la liquidación como posible desenlace si no se logra un acuerdo con los acreedores.