
La Comisión de la Oficina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en Piura confirmó, en segunda instancia administrativa, una multa de 3.57 UIT (equivalente a S/19,099.50) contra la Asociación para el Desarrollo Urbano de Sullana (ADUS), tras identificar incumplimientos en perjuicio de una consumidora que no recibió el terreno que había adquirido en la urbanización Las Colinas del Chira.
Según la investigación, ADUS asumió el compromiso de devolver el dinero entregado por la ciudadana (para la compra del inmueble) mediante una carta notarial. Sin embargo, nunca efectuó el reembolso prometido, afectando sus derechos como consumidora.
Además, la organización no brindó respuesta efectiva a las solicitudes realizadas por la denunciante, quien buscaba facilidades de pago por habilitación urbana. En su lugar, ADUS ofreció devolver el monto abonado, pero no cumplió con esa medida.
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¿Qué artículos del Código del Consumidor se infringieron?
Indecopi identificó una infracción a los artículos 18° y 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que exigen a los proveedores brindar un servicio idóneo y cumplir con lo ofrecido. Las omisiones (en la devolución pactada) por parte de ADUS fueron consideradas como faltas graves dentro del marco normativo vigente.
Además, se acreditó incumplimientos adicionales por parte de la empresa sancionada:
“Confirmar la resolución venida en grado emitida por el ORPS, en el extremo que declaró fundada la denuncia contra la Asociación por infracción a lo establecido en los artículos 18° y 19° del Código, en tanto, quedó acreditado que no cumplió con atender las solicitudes de gestión presentadas por la señora -APGS- los días 2 de setiembre de 2022 y 14 de agosto de 2023, mediante las cuales solicitaba se le concedan facilidades de pago a fin de cumplir con el proyecto de habilitación urbana”, señala la resolución.
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¿Qué medidas correctivas se ordenaron?
Además de confirmar la multa, el Indecopi dispuso que la asociación restituya el monto abonado a la consumidora y adopte acciones que reparen el daño causado, asegurando el respeto a sus derechos como usuaria del servicio.
“En el extremo de la medida correctiva, pago de costas y costos, sanciones e inscripción en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi”, añade el documento.
La sanción impuesta a la Asociación para el Desarrollo Urbano de Sullana (ADUS) se compone de dos multas: 2.02 UIT por la infracción a los artículos 18° y 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor; y 1.55 UIT por una segunda infracción a los mismos artículos, lo que suma un total de 3.57 UIT, equivalente a S/19,099.50.
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