
En primera instancia administrativa, la Comisión de la Oficina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en San Martín (ORI San Martín) sancionó a las empresas Turismo Civa S.A.C. y Sol Amazonense S.A. con una multa conjunta de 34.47 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), equivalente a S/184,414.5 según la resolución 0118 y 0119-2025/INDECOPI-SAM, por infringir disposiciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Según constató el organismo, ambas compañías incumplieron su deber de proporcionar a los pasajeros información clara, veraz y oportuna sobre las condiciones del servicio de transporte terrestre interprovincial. En específico, no consignaban en los boletos las cláusulas generales del servicio, ni detalles sobre la cobertura del seguro en caso de pérdida, sustracción o daño de equipaje.
Además, se detectó que los boletos emitidos por ambas empresas utilizaban tipografías con caracteres inferiores a tres milímetros, dificultando la lectura para los usuarios. Dicha condición constituye una violación a los artículos 150° y 47°, literal d, del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
En el caso de Sol Amazonense, el Indecopi identificó una falta adicional: no se mencionaba el nombre de la aseguradora, ni el número de póliza correspondiente al seguro de viaje, lo cual contraviene el artículo 2°, numeral 2.1, del referido Código.
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¿Qué medidas correctivas ha ordenado el Indecopi?
Como parte de las acciones ordenadas, ambas empresas deberán adecuar el tamaño de letra en sus boletos para asegurar su legibilidad. Asimismo, Sol Amazonense está obligada a incorporar el número de póliza del seguro, mientras que Turismo Civa deberá incluir las condiciones generales del servicio y la cobertura aplicable en caso de pérdida o daño de equipaje.
La investigación se originó de oficio tras acciones de supervisión realizadas por la Oficina Regional del Indecopi en Amazonas (ORI Amazonas). Las resoluciones actuales pueden ser apeladas por las empresas sancionadas y, de ser así, serán revisadas por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.