Fonavi 2025. (Foto: Andina)
Fonavi 2025. (Foto: Andina)

La Comisión Ad Hoc del Fonavi aprobó el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios - Vigésimo Segundo Grupo de Pago (lista 22), el cual incluye a 31,794 beneficiarios sin límite de edad. El pago inicia el jueves 18 de diciembre de 2025.

Así lo determina la, publicada en el Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma establece aprobar el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios - Vigésimo Segundo Grupo de Pago, en la cantidad de 31,794 beneficiarios, luego de un proceso de verificación.

LEA TAMBIÉN: Fonavi: herederos de fallecidos pueden cobrar aportes, ¿cuáles son los requisitos?

Se dispone la emisión y notificación a través de la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625, del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista - CERAD, a los Fonavistas Beneficiarios que forman parte de la presente resolución.

El CERAD se entregará de manera virtual a través de la página web de la Secretaría Técnica del Fonavi. Sin perjuicio de ello el beneficiario puede recabar el CERAD a través de las plataformas de atención al fonavista.

Se autoriza a la Secretaría Técnica a efectuar las acciones financieras necesarias a fin de atender la devolución de aportes de los fonavistas que integran la relación del Vigésimo Segundo Grupo de Pago del Padrón Nacional de Fonavistas por la suma de S/ 102’182,815.90, de conformidad con lo acordado por la Comisión Ad Hoc.

Se comunica al Banco de la Nación para que proceda al pago de los beneficiarios que integran el Vigésimo Segundo Grupo de Pago del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, a partir del 18 de diciembre de 2025.

TE PUEDE INTERESAR

Fonavi: publican cuarto grupo de reintegro de beneficiarios que cobrarán desde 28 de agosto
Fonavi: herederos de fallecidos pueden cobrar aportes, ¿cuáles son los requisitos?
Fonavi 2025: revisa aquí si eres beneficiario del tercer grupo de reintegro
Fonavi: se aprueba tercer grupo de beneficiarios para devolución de aportes, ¿a partir de cuándo?

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.