
Cuando una pareja casada compra una vivienda, lo usual es que el inmueble se considere parte del patrimonio común, incluso si solo uno de los dos figura en la escritura o en el contrato de compra. Esto ocurre porque, bajo el régimen de sociedad de gananciales, la ley presume que todo lo adquirido durante el matrimonio pertenece a ambos cónyuges.
Pero, ¿qué debe pasar para que un bien se inscriba solo a nombre de uno? ¿Es suficiente que ambos declaren que el dinero fue aportado por uno solo? ¿Qué exige la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) en estos casos? El reciente pronunciamiento del Tribunal Registral aclara estos puntos y marca los criterios que deben cumplirse para que una inscripción individual proceda.
El caso analizado corresponde a una solicitud de inscripción de hipoteca a favor de una mujer casada bajo el régimen de sociedad de gananciales. Aunque la solicitante presentó declaraciones juradas —incluida una firmada por su cónyuge— y documentación bancaria, la registradora concluyó que esos documentos no acreditaban de forma suficiente que el dinero prestado fuera un bien propio. En consecuencia, se mantuvo la presunción legal de ganancialidad y se determinó que la hipoteca no podía inscribirse solo a su favor.
La resolución se basa en los artículos 310 y 311 del Código Civil, que establecen que los ingresos obtenidos durante el matrimonio —como los sueldos o ahorros generados por trabajo— se presumen bienes sociales, y que todos los bienes adquiridos durante la sociedad de gananciales son considerados compartidos, salvo prueba en contrario.
El tribunal recordó que, conforme a precedentes registrales, no es suficiente una declaración jurada de los cónyuges para desvirtuar esta presunción.
LEA TAMBIÉN: ¿Cómo reducir la cuota de hipoteca sin hacer prepagos?
¿Qué prueba se necesita para demostrar que el dinero es solo de uno de los cónyuges?
Mirko Medic, asociado senior del estudio Rebaza Alcázar & De Las Casas, explicó, las acreencias no están incluidas entre los bienes considerados propios por el artículo 302 del Código Civil, por lo que se requiere prueba adicional para considerarlas como tales.
Sobre el valor de las declaraciones juradas, Medic indicó que estas no son suficientes en sede registral. “Esta declaración podría ser utilizada en un proceso judicial civil, conforme a las reglas del Código Procesal Civil, pero no en instancia registral”, sostuvo.
Añadió que, en el ámbito registral, se requiere evidencia documental con suficiente grado de certeza, de preferencia en instrumento público o emitida por terceros.
Aníbal Urtecho, asociado senior de Monroy & Shima Abogados, coincidió en que la presunción de ganancialidad solo puede desvirtuarse con prueba fehaciente. Señaló que se pueden presentar documentos con fecha cierta —como aquellos que demuestren que el dinero proviene de una herencia, donación o ingresos obtenidos antes del matrimonio—, pero enfatizó que la declaración jurada de un cónyuge no es suficiente en un procedimiento no contencioso como el registral.
LEA TAMBIÉN: Austral Group aprueba crédito e hipoteca sobre planta de Ilo con Banco Itaú
¿Qué pasa si no se prueba y la hipoteca se inscribe igual?
Ambos abogados también coincidieron en que, si se inscribe una hipoteca solo a nombre de uno de los cónyuges sin acreditar el carácter propio del dinero, podrían generarse conflictos posteriores. En ese escenario, el cónyuge no considerado podría iniciar un proceso judicial para reclamar su participación. Según Urtecho, ello podría afectar a terceros, como herederos o acreedores de la sociedad conyugal.
En cuanto al rol del notario, ambos señalaron que debe advertir si el acreedor está casado y si no se ha desvirtuado la presunción de ganancialidad. Urtecho precisó que el notario incluso podría recomendar acompañar una declaración jurada o la partida de matrimonio para evitar observaciones del registrador. Además, indicó que el notario puede anticipar que, sin evidencia suficiente, el trámite podría ser rechazado.
Respecto a la posibilidad de flexibilizar los criterios registrales, Medic opinó que esto requeriría una reforma legal del Código Civil, ya que el marco vigente establece la presunción de ganancialidad como regla general.
Urtecho, por su parte, señaló que podría evaluarse una flexibilización cuando ambos cónyuges reconocen que el dinero es propio, aunque advirtió que, incluso en ese caso, terceros aún podrían impugnar judicialmente la inscripción.
LEA TAMBIÉN: ¿Messi o hipoteca? Argentinos usan ahorros para cumplir el sueño de viajar al Mundial de Qatar