
Un incendio forestal, además de desequilibrar el ecosistema, deja una huella económica: disminuye la capacidad de tierras cultivables, reduce el flujo turístico de una localidad y mueve dinero adicional en extinción y prevención.
Se trata, en suma, de una alarma que le exige a todo país el manejo de un marco normativo para atenderla. No obstante, el Perú no califica como una Declaratoria de Emergencia Ambiental (DEA) a la propagación de fuego sin control en un área de vegetación. ¿Cuál es, entonces, el mecanismo para abordarla?
Solo hasta noviembre del 2024, de acuerdo con el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), se registraron 1,798 incendios forestales. En consecuencia, hubo 35 fallecidos y más de 80,000 hectáreas arrasadas.
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En favor de los agricultores
El 23 de mayo, el Gobierno promulgó el Decreto Supremo N° 009-2025-MINAM, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley N° 32106, Ley de Declaratoria de Emergencia Ambiental. El estatuto establece un nuevo marco normativo —con procedimientos mas ágiles— para atender los eventos que afecten la calidad ambiental.
En esa línea, en el documento oficial se especifica que la Declaratoria de Emergencia Ambiental (DEA) es un mecanismo para materializar, en un ámbito geográfico determinado, la intervención coordinada de los diferentes niveles de gobierno y actores privados vinculados.
Pero hay una precisión: “No constituye una DEA aquel evento recurrente o que no sea súbito o que se encuentre regulado en el marco jurídico de normativas específicas, como los estados de emergencia por desastres naturales o peligro inminente; los estados de emergencia sanitaria; las emergencias por gestión y manejo de los residuos sólidos; los incendios en general o forestales; las declaratorias de emergencia hídrica; entre otros”, se puede leer.
Ante tal escenario, Gestión le consultó a Juan Carlos Castro, titular del Ministerio del Ambiente (Minam), por qué un incendio forestal no podría constituirse como una Declaratoria de Emergencia Ambiental.
“No está (considerado) por una razón: porque el Reglamento de Emergencia Ambiental trata eventos súbitos y contingencias que puedan ocurrir por operaciones de cualquier actividad. Eso incluye derrames de químicos, de hidrocarburos, volquetes que puedan derramar combustible, etc., que tienen que ser atendidos rápidamente, primero por el titular de la acción“, inició.
Y, en este último punto, está la clave: el titular de la acción es el agricultor, recurrentemente. Los trabajadores de la tierra despliegan prácticas como la quema de pastizales, por ejemplo.
“Los incendios forestales no encajan porque, si aplicáramos el reglamento, tendríamos que hacer que los agricultores asuman y apaguen el fuego. No podemos. Los incendios son costumbres a veces de nuestras comunidades, a veces se sale del control”, subrayó.

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Incendio forestal: ¿cuál es el manejo?
Castro señaló que los agricultores están propensos a este tipo de accidentes por la convergencia de otros factores: altas temperaturas, vientos y nula precipitación.
Por ello, “los incendios forestales se abordan en otro espacio en el que sí actúa directamente el Estado. El Estado asume (la tarea) a través de sus niveles en el sistema de gestión de riesgo de desastres”, precisó.
Enumeró, en esa línea, los grupos de participación: los alcaldes distritales con los provinciales; el gobierno regional con el Ejecutivo; y el Ejecutivo o la cooperación internacional.
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El papel del Serfor
Indicó también que hay una autoridad cuya función es prevenir, controlar y mitigar los incendios forestales: el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), que pertenece al Ministerio de Agricultura.
“Como (el Serfor) ya tiene a los incendios forestales, estos ya no puede entrar a otro reglamento. [...] Sin embargo, lo que sí hemos visto es que el sector que más ha avanzado en control de incendios forestales es el Minam, a través del Servicio de Áreas Protegidas (Sernanp), pero, recalco, los incendios que ocurren dentro de áreas protegidas”, acotó Castro.
Últimamente, el Serfor ha advertido que la temporada seca intensifica el riesgo de incendios; por tanto, le ha solicitado a la población evitar quemas y ha puntualizado que los infractores podrían recibir multas de hasta 10,000 UIT.
“En la parte práctica, se promovieron alternativas sostenibles como el uso de biofertilizantes en lugar de la quema para preparar terrenos agrícolas, la conformación de brigadas comunitarias para atención temprana de emergencias y el uso de drones e imágenes satelitales para la detección de focos de calor y emisión de alertas”, detalló Victor Raygada, especialista forestal del Serfor, ante El Peruano.

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Desastres naturales: intervención de las regiones
El ministro hizo alusión a un trabajo multiactoral. Es decir, a una dinámica que involucra tanto a los agentes profesionales como a quienes integran la comunidad.
“Hoy las Fuerzas Armadas también se están equipando con los baby backing. Ya tenemos organizado el grupo de contra incendios forestales en San Martín y están las comunidades regionales dentro del sistema de gestión de riesgos del desastre. Las hemos capacitado y tenemos un equipo”.
Lo mismo ocurre en Ucayali. “De esta manera las regiones pueden actuar rápidamente junto con las Fuerzas Armadas”, sintetizó.
Y así como hay una mirada hacia el interior, hay ojos apuntando hacia afuera. “España es nuestro principal cooperante para el equipamiento para los incendios forestales”, comentó.
Adelantó ante este diario que, a inicio de junio, viajará al país europeo con el objetivo de firmar un convenio de cooperación para el traslado del equipamiento que requieren los guardabosques.
“La presidenta nos pidió que tengamos a finales de su gestión 800 guardaparques-bomberos forestales. Estamos en 600 ya, prácticamente. Esperamos lograr, hasta el próximo año (2026), capacitar a 200 más y dejar bien equipado todo”, concluyó.

Redactora de Economía en diario Gestión. Periodista piurana con seis años de experiencia profesional en el rubro.