Indecopi declara como barrera burocrática la prohibición de devolución de los subsidios en maternidad e incapacidad parcial.
Indecopi declara como barrera burocrática la prohibición de devolución de los subsidios en maternidad e incapacidad parcial.
Redacción Gestión

, a través de la Sala Especializada en , declaró como barrera burocrática ilegal la disposición que prohibía que los empleadores (empresas) que no cumplían con el pago oportuno e incompleto de las aportaciones de sus trabajadores al obtuvieran la devolución de los subsidios por incapacidad temporal y que habían pagado.

La resolución enfatiza que tratar de manera igual a los empleadores que han pagado parcial o tardíamente los aportes y a aquellos que no han pagado en absoluto es inadecuado. Impide que los trabajadores en situaciones de maternidad o incapacidad temporal accedan a los subsidios correspondientes, incluso cuando sus empleadores han cumplido parcialmente con los aportes.

“El pago tardío o incompleto es distinto al incumplimiento total de pago y, por tanto, no puede brindar el mismo tratamiento a ambos supuestos, porque ello implicaría tratar igual a los desiguales (por un lado, empleadores que pagaron tarde o parcialmente los aportes de sus trabajadores y, por otro lado, empleadores que no pagaron los aportes de sus trabajadores)”, detalla la norma.

LEA TAMBIEN: Sunafil impone sanción a clínica por discriminación a postulante con VIH

El sustento de la decisión se basa en la interpretación de la Ley 26790 y su modificación por la Ley 28791, que otorgan al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la competencia para establecer los requisitos de acceso a las prestaciones del Seguro Social de Salud.

Sin embargo, el artículo 10 de la Ley 26790 establece que los afiliados y sus derechohabientes tienen derecho a estas prestaciones siempre que el empleador haya declarado y pagado los aportes, sin especificar la necesidad de que estos pagos sean oportunos e íntegros.

Esto contraviene lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley 26790 y excede las facultades otorgadas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, constituyendo así una barrera burocrática ilegal.

LEA TAMBIEN: Revisión de fusión entre Pangea Luxco, ThisPan y Entel Perú pasa a segunda fase
Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.