
Sometido a una serie de cuestionamientos y con una denuncia por violación sexual, José Jerí (Somos Perú) fue elegido como el nuevo presidente del Congreso de la República para el último período anual parlamentario. La nueva Mesa Directiva que lidera se instaló oficialmente este domingo 27 de julio.
En todo el primer semestre, Jerí presentó 13 proyectos de ley con alcance en diversas materias. Al respecto, Gestión identificó las tres más recientes con impacto económico.
El foco económico de José Jerí
En un contexto complicado de las finanzas públicas por los insuficientes ingresos tributarios, una de las propuestas de Jerí apunta a “establecer facilidades tributarias para las micro y pequeñas empresas (Mypes) que inicien sus operaciones”.
Precisamente, el proyecto de ley 11460/2024-CR, presentado a inicios de junio y con un dictamen aprobado por la Comisión de Economía del Congreso, busca permitir que estos tipos de empresas puedan “afrontar sus gastos en un contexto de incertidumbre económica, así como incentivar su formalización”.
En su tercer artículo, se establece tres tipos de facilidades tributarias. La primera consiste en la exoneración del pago del Impuesto a la Renta (IR) de tercera categoría por un periodo de seis meses desde el inicio de las operaciones.
También se tendría que, durante los dos primeros años, el pago del IR de tercera categoría se pueda fraccionar hasta en 12 cuotas mensuales, iguales y reajustadas conforme con el índice de precios al consumidor (IPС).
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A estas se suma la exoneración del pago de derechos y tasas por trámites de inscripción, renovación, solicitud o expedición de copias de información ante entidades públicas, durante el primer año de funcionamiento.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) trasladó su opinión desfavorable sobre esta propuesta. Según estimaron, el costo de ejecutar este proyecto bordea los S/ 100 millones anuales.
“Se crean oportunidades e incentivos para la planificación fiscal agresiva en detrimento de los ingresos tributarios, ya que cualquier contribuyente podría ‘reiniciar sus operaciones’ para el goce de la exoneración propuesta. No garantiza la creación o formolización de nuevas unidades productivas”, observaron desde el MEF.
Agregaron que la medida resulta redundante, pues el sistema tributario vigente ya contempla diversos regímenes tributarios con menores costos de cumplimiento y carga tributaria para facilitar el acceso a la formalidad.
Una segunda propuesta de Jerí también se enfoca en el complicado panorama tributario. A inicios de mayo, el actual presidente del Congreso presentó el proyecto de ley 11011/2024-CR, que busca “consolidar, condonar y extinguir la deuda tributaria acumulada por la Fuerza Aérea del Perú (FAP)”.
“[El objetivo es] proteger la operatividad y garantizar la continuidad de sus funciones de defensa y seguridad nacional”, sustentó el documento.
En una disposición complementaria, se indica que la Sunat y la FAP deberán elaborar un informe para entregarlo al Congreso y al MEF donde se precise la deuda consolidad, los montos exonerados y el impacto financiero de la medida.

En la sustentación del documento se indica que, al cierre de este enero, la deuda total de la Fuerza Aérea del Perú (FAP) asciende a los S/ 242.5 millones.
El monto inicial de la deuda asciende a los S/ 95.4 millones, explicado en S/ 50.5 millones de deuda principal y S/ 44.9 millones de multas e intereses. Recalculada, solo al 2015, la cifra asciende a los S/ 191.1 millones. Mientras que al cierre de este año, se estima precisamente en S/ 242.5 millones.
Este proyecto de ley fue derivado a la Comisión de Economía y Defensa Nacional para su análisis.
Por último, su más reciente propuesta antes de convertirse en presidente del Congreso fue crear un marco normativo para “asegurar la asignación oportuna, prioritaria у progresiva de recursos adicionales del presupuesto público a favor de las universidades públicas”.
La medida, el proyecto 11500/2024-CR, plantea una evaluación y atención progresiva del MEF sobre las demandas adicionales de gasto presentadas por las universidades públicas. Para ello, se fija un orden de prelación, empezando por la necesidad pública, magnitud del impacto, grado de cierre de brechas estructurales y consistencia técnica de la solicitud con el diagnóstico institucional de la universidad.
“La evaluación de las demandas podrá efectuarse en el marco de la programación multianual de gasto, durante la formulación del presupuesto anual o durante la ejecución del ejercicio fiscal en curso”, complementan.
En detalle, el plazo de atención para el MEF sería máximo de 40 días calendarios, desde que se recibe formalmente el expediente completo.
Este proyecto está pendiente de ser analizado en las comisiones de Presupuesto y de Educación.
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