
El régimen de propiedad horizontal responde a la necesidad de orden en el manejo de las viviendas multifamiliares. Con esta norma se busca una administración amigable de las propiedades que se encuentran en los condominios y edificios.
No obstante, desde el 2023, cuando se publicó el Decreto Legislativo N° 1568 para avalar su existencia, el Perú ha esperado el reglamento que detalle las disposiciones generales y permita su ejecución.
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Un reglamento detenido en el calendario
Al año siguiente de la aprobación del decreto legislativo, en julio del 2024, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), mediante la Resolución Ministerial N° 242-2024-VIVIENDA, publicó el proyecto de Decreto Supremo para aprobar el reglamento del régimen de propiedad horizontal.
Casi un año después, en junio del 2025, recién hay novedades. Gestión le consultó a Durich Whittembury, titular del sector, cuándo los peruanos contarían con este complemento de la ley.
“Ya se ha prepublicado el reglamento, ya se nos han presentado las recomendaciones y observaciones del reglamento. Este tiene que pasar por un procedimiento denominado RIA (AIR en inglés, Análisis de Impacto Regulatorio), que nos tarda aproximadamente tres meses. Calculo que en unos tres o cuatro meses (septiembre u octubre) estaríamos publicando el nuevo reglamento”, sostuvo.
El ministro compartió sus declaraciones en el marco del CONVIVIENDA, evento que se despliega tanto el 17 como el 18 de junio en las instalaciones del Centro de Convenciones de Lima.
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Especificaciones del reglamento
De acuerdo con la información oficial, el proyecto de reglamento considera cinco aspectos.
El primero tiene que ver con la formalización legal de edificios o condominios. Este paso permitirá que la inscripción de la Junta de Propietarios sea más simple, ya que no será necesario presentar una escritura pública. En su lugar, se podrá solicitar el registro ante la Sunarp con un documento privado que tenga firma legalizada.
Y, a propósito de la formalización, Whittembury también le adelantó a este diario que la cartera intervendría en la solicitud de delegación de facultades legislativas.
“Básicamente, [nos ocuparemos] del tema de la titularidad de la propiedad informal, queremos acelerar el procedimiento de la formalización de la propiedad. Lo que va a llevar a introducir a una economía formal de la familia”, explicó.
La segunda consideración contempla la definición de los derechos de los propietarios para construir pisos adicionales sin faltar a las normas técnicas.
La tercera pone la lupa sobre los permisos para sancionar a los dueños que incumplan las normas de convivencia.
Asimismo, como cuarto punto, hay una competencia para enviar el reporte de propietarios deudores de mantenimiento a la central de riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).
Por último, se anticipa la creación del Registro de Administradores de Edificaciones (RAE), a cargo del Ministerio de Vivienda. La base de datos englobará la información de las empresas o personas que se dedican a la administración de edificios, como el RUC, la dirección y el tiempo de actividad.
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Nueva ley de VIS
Sobre la nueva Ley de la Vivienda de Interés Social (VIS), que el Congreso de la República aprobó recientemente, Whittembury aseguró que no colisiona con los lineamientos del MVCS.
Fue firme al decir que la normativa “estaba debidamente articulada con el reglamento publicado con anterioridad”.
Como se recuerda, la ley incluye la implementación de mecanismos de financiamiento para vivienda, así como acciones orientadas a reducir el déficit habitacional.
El desarrollo de las construcciones, por tanto, debe caminar conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 32379 y la Ley Nº 31313 (Ley de Desarrollo Urbano Sostenible) y a sus reglamentos.

Redactora de Economía en diario Gestión. Periodista piurana con seis años de experiencia profesional en el rubro.