Actualmente, cuando un trabajador del Estado tiene un reclamo laboral, primero debe presentar su demanda ante la entidad empleadora, seguir un proceso de dos o más etapas en esta vía administrativa, y tras ello, de estar insatisfecho con lo resuelto, recién puede interponer una demanda en la vía judicial.
Este esquema podría cambiar en el futuro, pues en el Congreso de la República avanza un proyecto de ley que busca acelerar la resolución de los reclamos laborales en las entidades del Estado.
Para ello, se propone que ya no se exija que se agote la vía administrativa para acudir al Poder Judicial, “cuando la pretensión planteada en la demanda esté referida al derecho a la remuneración, ya sea que se peticione el pago de la remuneración básica, remuneración total, remuneración permanente, las bonificaciones, las dietas, las asignaciones, las retribuciones, los estímulos, los incentivos, las compensaciones económicas y los beneficios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento, y que haya sido denegada en la primera instancia de la sede administrativa”, señala el dictamen aprobado por unanimidad en la Comisión de Trabajo del Congreso, en sesión realizada el pasado 15 de enero.
Es decir, si el dictamen se convierte en ley, los demandantes podrán acudir al Poder Judicial cuando tengan una primera respuesta negativa sobre su demanda en la entidad del Estado, y ya no tendrán que esperar a que se resuelva su caso en las otras instancias de esa vía administrativa, lo cual puede ahorrar varios años al proceso, indicaron analistas consultados para esta nota.
El camino para agilizar procesos de demandas laborales
Cabe anotar que el dictamen ahora pasará a ser visto en el pleno del Congreso -a partir del mes de marzo, cuando se inicie la próxima legislatura- y de ser ratificado en esa instancia, se enviará al Ejecutivo para su promulgación u observación.
Al respecto, el abogado laboralista del estudio Muñiz, Ricardo Herrera, se mostró de acuerdo con el proyecto, pues va en línea con pronunciamientos previos del Tribunal Constitucional (TC) y un Pleno Jurisdiccional Supremo, ya que al ser la remuneración un derecho fundamental, requiere que los reclamos sean resueltos con mayor celeridad.
“Por lo menos hay dos instancias (de reclamo) en las entidades públicas. El proyecto de ley pretende que no se tenga que transitar esas etapas, sino que tras obtener una definición en la primera instancia, se podrá acudir a la vía judicial. Y tiene sentido, pues la entidad pública es juez y parte y no le daría la razón al trabajador; podría ser inutil que el trabajador acuda a la vía previa, si es que sabe que no le van a dar la razón, y se perdería tiempo valioso para la subsistencia del trabajador y su familia”, sostuvo.
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En contraparte, el abogado laboralista Omar Diaz, socio del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas, subrayó que la iniciativa legislativa carece de un análisis estadístico que justifique la propuesta. Por ejemplo, que se muestre la cantidad de reclamos laborales rechazados en entidades estatales y que luego han sido corregidos en la vía judicial. “No contar con ese análisis estadístico hace que la propuesta sea prematura”, sostuvo.
Asimismo, Omar Díaz advirtió que de convertirse la propuesta en ley, “el efecto inmediato será un aumento de las demandas laborales en el Poder Judicial y se elevará la carga procesal”, apuntó.
Finalmente, Ricardo Herrera refirió que si bien está de acuerdo con la propuesta central de la iniciativa legislativa, subrayó que debería circunscribirse a reclamos referidos a remuneraciones, pero no a otros conceptos como dietas o bonos, ya que no tienen el carácter alimentario.
Antecedentes sobre demandas laborales en el Estado
En la exposición de motivos del dictamen, se indica que en los últimos años se han dado pronunciamientos a nivel del Tribunal Constitucional (TC) y del III Pleno Jurisdiccional Supremo en materia laboral y previsional, en los cuales se respalda la exoneración del agotamiento de la vía administrativa en los casos de estas demandas laborales. No obstante, estos pronunciamientos no son tomados en cuenta por todos los jueces, por lo que se requiere emitir una norma con carácter de ley, subraya el dictamen.
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Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.
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