
En el mes de marzo las empresas suelen iniciar el reparto de utilidades a sus trabajadores, en caso que las hayan generado el año anterior. Frente a esta posibilidad, entre los trabajadores suelen presentarse ciertas dudas sobre las normas que regulan el reparto de utilidades. A continuación, presentamos las cuatro principales interrogantes y sus respuestas.
1. ¿Qué tipo de empresas están obligadas a repartir utilidades?
La normativa laboral establece que están obligadas a repartir utilidades las empresas que generan rentas de tercera categoría y que tengan más de 20 trabajadores.
“No reparten utilidades las asociaciones, fundaciones, personas jurídicas sin fines de lucro”, indicó César Puntriano, abogado laboralista del estudio Muñiz.
Respecto al número de trabajadores, “si tienes una empresa con 15 personas en planilla, aun cuando reporte ganancias importantes en el año, por ley, no está obligada a repartir utilidades”, remarcó.
LEA TAMBIÉN: Estas son las 22 empresas que pagan 18 sueldos de utilidades a sus trabajadores
2. ¿Cómo sé que mi empresa generó utilidades?
Si tiene dudas sobre si la empresa donde trabaja generó utilidades, tiene dos caminos para informarse, explicó Jaime Cuzquén, associate partner del área laboral de EY Perú.
En primer lugar, solicitar a la compañía que le informe sobre sus estados financieros para saber si reflejan o no la generación de utilidades.
Si no queda satisfecho con la respuesta de la empresa, puede acudir a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) y pedir los estados financieros para conocer si se generaron utilidades, cuando el inspector de Sunafil visite a la empresa.
Si no se generaron utilidades, se archiva la investigación; pero si las hubo y no se repartieron, la empresa puede ser sancionada por la Sunafil.
3. ¿Cómo se calculan las utilidades a repartir?
El reparto de utilidades es un porcentaje sobre la renta neta generada por la empresa, explicó César Puntriano. “No es sobre las ventas o los ingresos brutos, sino sobre la renta neta, que es, en términos generales, ingresos menos gastos”, refirió.
La normativa laboral establece distintos porcentajes a repartir, según la actividad de la empresa.
Actualmente, la distribución de utilidades es de 10% en las empresas pesqueras, de telecomunicaciones e industriales. Para el sector agrario se ha establecido un incremento progresivo: 7.5% entre el 2024 al 2026 y 10% a partir del 2027. Asimismo, la distribución es 8% en las empresas mineras y empresas de comercio y restaurantes. Y es 5% en las empresas que realizan otras actividades.
Cabe anotar que en las empresas eléctricas el reparto de utilidades es de 5%, pero un proyecto de ley aprobado en el Congreso busca elevar ese nivel de distribución a 10%.
Asimismo, la legislación laboral establece que del total de utilidades a entregar a los trabajadores, el 50% de ese fondo se reparte en función a la cantidad de días laborados en un año y el otro 50% en función al nivel de sueldo del trabajador. El citado proyecto de ley también busca modificar ese esquema. Para más detalles, dar click en la nota relacionada.
LEA TAMBIÉN: Reparto de utilidades tendrá dos cambios: variará el monto a abonar a los trabajadores
Sobre la contabilización de días laborados, algunas ausencias son consideradas para el cálculo de las utilidades. “Por ejemplo, las licencias sindicales, el descanso por maternidad, los días de descanso médico por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, para efectos del cálculo de utilidades, se consideran como días trabajados”, indicó Puntriano.
El monto máximo que puede recibir un trabajador por concepto de utilidades es un equivalente a 18 sueldos. Si el monto a repartir era mayor, el saldo se envía a la entidad llamada Fondoempleo.
4. ¿Hasta cuándo hay plazo para el reparto de utilidades?
La fecha del reparto de utilidades está ligada al pago de impuestos de las empresas. La legislación laboral establece que las empresas tienen hasta 30 días después del pago de impuestos para hacer el reparto de utilidades a sus trabajadores.
No obstante, la mayoría de empresas reparte utilidades a sus trabajadores antes del pago de impuestos, pues de esta manera, este abono es deducido como gasto en la declaración y con ello el impuesto a pagar es menor, señala César Puntriano.
“Por ejemplo, si este año el empleador reparte utilidades antes de la declaración de impuestos, el abono se deduce en el pago de impuestos 2024; pero si reparte utilidades después de la declaración de impuestos, podrá deducir ese gasto recién el próximo año, el 2026, en la siguiente declaración de impuestos”, explicó.
Este año el cronograma de vencimiento de la declaración y pago de impuestos de las empresas inicia a partir del 26 de marzo, al 9 de abril, pero solo para las grandes y medianas empresas, pues en el caso de las micro y pequeñas empresas, desde el 2024 aplica la ley Nº 31940, la cual les permite postergar la declaración y pago de impuestos por dos meses. En estos casos, el cronograma de vencimientos iniciará a partir del 26 de mayo.
Debido a este motivo es que las pequeñas empresas podrán postergar por dos meses el pago de impuestos y con ello también postergar el reparto de utilidades a sus trabajadores.
“Si se acogen a esa posibilidad de la postergación de la presentación de la declaración de impuestos, también pueden postergar el pago de utilidades”, anotó César Puntriano.

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.