
En el Congreso de la República avanza un proyecto de ley que da protección contra el despido y acceso al teletrabajo a los enfermos de cáncer, entre otras medidas para este segmento de trabajadores.
Cabe recordar que el dictamen, aprobado en primera instancia en la Comisión de Trabajo del Congreso en junio del 2024, luego recibió similar respaldo en el pleno del Congreso, en primera votación, en diciembre del 2024. No obstante, en aquel momento un congresista presentó una solicitud de reconsideración de la votación.
La iniciativa legislativa se mantuvo en ‘stand by’ por cinco meses, hasta que el pasado 8 de mayo del 2025 el pleno del Congreso votó la reconsideración, la cual no alcanzó los votos necesarios. Con ello, se ratificó la aprobación del dictamen en primera votación y el siguiente paso será la segunda votación en una próxima sesión del pleno del Congreso.
Protección contra el despido para los trabajadores con cáncer
Son tres las medidas que dispone la iniciativa legislativa. La primera, incorpora como causal de despido nulo “el diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados, incluso si el trabajador presta servicios por menos de cuatro horas diarias, se encuentra en periodo de prueba o tiene la condición de confianza”, señala el proyecto de ley. La medida está dirigida a proteger tanto a los trabajadores del sector privado como público.
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Al respecto, el abogado laboralista Daniel Sánchez, asociado senior del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas, refirió que se busca establecer una “protección reforzada” contra el despido, tal como actualmente existe para los diagnosticados con VIH y tuberculosis.
No obstante, Daniel Sánchez cuestionó que también se busque la protección contra el despido a los trabajadores con cáncer a tiempo parcial (menos de cuatro horas diarias), en periodos de prueba o al personal de confianza, segmentos que actualmente no tienen esa protección contra el despido bajo ningún otro supuesto.
“Este punto debería analizarse a más detalle, pues se estaría dando una protección excesiva. Quizá para estos casos la protección reforzada debería dar una indemnización más alta de la habitual”, sostuvo.
Acceso al teletrabajo para los trabajadores con cáncer
Otra medida de la iniciativa legislativa hace de “obligatorio cumplimiento” para los empleadores aceptar la solicitud de un trabajador diagnosticado con cáncer para cambiar a la modalidad de teletrabajo, “debiéndose evaluar previamente la naturaleza de las funciones y el perfil del puesto que desempeña el trabajador”.
Daniel Sánchez refirió que la medida se justifica, pero precisa que aplicaría solo para los casos en que una labor se pueda adaptar al teletrabajo. “La solicitud de teletrabajo debe ser razonable, de acuerdo al tipo de labor que se cumple, no tendría sentido que un operario solicite un teletrabajo”, anotó Sánchez.
Mayor periodo de licencia remunerada para enfermos de cáncer
Actualmente, los trabajadores cuentan con un periodo de hasta un año de licencia remunerada en caso de enfermedad. En el caso de los trabajadores que requieran usar esta licencia debido a su diagnóstico de cáncer, el proyecto de ley eleva este periodo hasta los dos años.
Asimismo, respecto a quién le corresponde el pago de la licencia por enfermedad, actualmente el empleador cubre la remuneración por los primeros 20 días de descanso médico; y a partir del día 21 el pago es asumido por EsSalud.
La iniciativa legislativa dispone que en caso de un descanso médico por incapacidad temporal debido al cáncer, el empleador cubrirá la remuneración por los primeros 40 días, y EsSalud a partir del día 41. Ello implicará un incremento en el costo laboral, tanto para los empleados, como para EsSalud, subrayó Alicia Jiménez, abogada laboralista del estudio Rodriguez Angobaldo.
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Por ello, refirió que si bien el objetivo del proyecto de ley es loable, se debe evaluar la sostenibilidad financiera de los subsidios propuestos y el reforzamiento de la protección, pues generan una carga importante para el empleador formal y para EsSalud.
Asimismo, Alicia Jiménez advierte el riesgo de que estas medidas desincentiven la contratación de trabajadores con cáncer. “Se establece una rigidez bastante significativa que puede desalentar la contratación de personas diagnosticadas con cáncer. Los empleadores van a tener presente que se vuelve rígida la posibilidad de evaluación de una persona con estas características, pues no van a poder aplicar ningún tipo de resolución de contrato, de acuerdo a sus necesidades empresariales”, remarcó.

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.