La actual legislación laboral establece que en el caso de las labores nocturnas, en cualquier tipo de empresa, el sueldo mínimo será un 35% adicional a la Remuneración Mínima Vital (RMV). Pero esto cambiará en el caso de las mypes. Foto: Produce.
La actual legislación laboral establece que en el caso de las labores nocturnas, en cualquier tipo de empresa, el sueldo mínimo será un 35% adicional a la Remuneración Mínima Vital (RMV). Pero esto cambiará en el caso de las mypes. Foto: Produce.
José Carlos Reyes Leyva

Los trabajadores de las micro y pequeñas empresas (mypes) que realizan labores nocturnas recibirán un menor sueldo mínimo. Cabe anotar que el horario nocturno se realiza entre las 10.00 pm y 6:00 am.

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