
No cumplir con todas las formalidades requeridas al momento de otorgar vacaciones a sus trabajadores le puede resultar caro a una empresa. El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) ratificó una multa impuesta por la Sunafil, de S/ 23,100, por incumplir la normativa relacionada a las vacaciones de 25 trabajadores.
¿Qué ocurrió? Los trabajadores tomaron vacaciones fraccionadas, es decir, por periodos menores a 30 días, pero no se firmó un acuerdo previo entre las partes, donde se precise que ello fue ejecutado a solicitud del trabajador, tal como lo dispone la normativa laboral.
En su resolución, el TFL subrayó que cuando las vacaciones son fraccionadas, debe existir: 1) un acuerdo entre empleador y trabajador y 2) que sea por escrito. “Debe existir una solicitud escrita del trabajador (...) en ninguno de los adelantos y fraccionamientos ha habido una solicitud o convenio previo”, subrayó el TFL en unos de los considerandos de su fallo (Resolución N° 324-2025-SUNAFIL/TFL-Primera Sala), emitido en abril del 2025.
“El objetivo de la normativa es acreditar la expresión de la voluntad del trabajador, respecto a los días que va a salir de vacaciones. Esto vía un documento escrito, como dice la norma, pero es algo que en la práctica muchas empresas no lo hacen. Se debe generar un documento para poder materializar la solicitud de vacaciones”, señaló al respecto Brian Ávalos, abogado laboralista del estudio Payet.
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El especialista advirtió que no cumplir con las formalidades requeridas sobre el otorgamiento de vacaciones le puede costar a la empresa ser multada, tras una fiscalización de Sunafil.
Durante el proceso de inspección del caso citado, la empresa presentó boletas vacacionales firmadas por los trabajadores, pero el TFL sostiene que ello no constituye una acreditación adecuada, pues las firmas se realizaron de forma posterior al goce de vacaciones, además de que se carecía de un documento de solicitud de vacaciones de parte del trabajador.
“La empresa al parecer intentó subsanar vía acuerdos posteriores a las vacaciones. Pero el TFL no discute la validez del documento presentado por la empresa y que se hayan pagado las vacaciones, sino que no se cumple con los requerimientos y formalidades que exige la norma”, remarcó Brian Ávalos.
La norma que regula las vacaciones de los trabajadores
Cabe recordar que en el 2018 se emitió el Decreto Legislativo N° 1405, el cual señala que el trabajador debe disfrutar del descanso vacacional en forma ininterrumpida; sin embargo, a solicitud escrita del trabajador, el disfrute del período vacacional puede ser fraccionado de la siguiente manera:
I) Quince días calendario, los cuales pueden gozarse en periodos de siete y ocho días ininterrumpidos.
II) El resto del período vacacional puede gozarse de forma fraccionada en periodos inclusive inferiores a siete días calendario y como mínimos de un día calendario.
“Por acuerdo escrito entre las partes, se establece el orden de los periodos fraccionados en los que se goce el descanso vacacional”, agrega el decreto.
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Sistemas digitales de registro de vacaciones
Cada vez más empresas utilizan sistemas digitales donde los trabajadores registran sus vacaciones y luego reciben un mail de confirmación de parte de recursos humanos.
Brian Ávalos recomienda sumar un formato de solicitud adicional, donde se deje en claro la voluntad del trabajador de querer fraccionar sus vacaciones y se establezca cómo se distribuirán los 30 días de vacaciones durante el año, para garantizar que se esté cumpliendo la norma respecto al fraccionamiento de vacaciones.

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.