
Luego que el Congreso de la República aprobara en diciembre pasado la ley que amplía la regulación a las licitaciones para la compra-venta de electricidad, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) finalmente presentó una propuesta de reglamento a esa norma, que busca asegurar mejores tarifas de esa energía a los consumidores finales.
Para el efecto, prepublicó un proyecto de decreto supremo (DS) que aprueba el Reglamento de Contrataciones de Electricidad para el Suministro de los Usuarios Regulados, aplicable a la norma que modifica la Ley N° 18832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica.
Como informáramos, la citada ley, además de establecer nuevas condiciones para las licitaciones antes citadas, estableció bloques horarios para el suministro de la energía, y que, según expertos, apunta a incorporar más energía solar a la generación regular, considerando que ésta actualmente no participa de esas subastas.
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Plantea programación de subastas
El reglamento propuesto determina la necesidad de establecer una programación centralizada, en el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), de los procesos de licitación para abastecer la demanda de los usuarios regulados para los próximos 10 años.
Dispone que el programa de licitaciones será propuesto por todas las empresas distribuidoras que forman parte del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) y de los sistemas aislados. Será aprobado por el mencionado organismo regulador.
Ese programa deberá contener una lista de contratos de suministro que cada distribuidor planee suscribir en los próximos 10 años, especificando el tipo de contrato -si es de largo, mediano o corto plazo-, y sus respectivas fechas, y si será solo para potencia (capacidad instalada de generación), solo energía, o ambos, los bloques horarios a ser licitados y fecha de convocatoria.
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Incentivos para ir a concurso
Lo propuesto por el Minem también establece que las distribuidoras obligadas a tener programas de licitación son aquellas cuya máxima demanda regulada supere 10 MW en los últimos 12 meses previos al inicio del procedimiento de aprobación de esos programas, entre otras condiciones.
Plantea como incentivo para las licitaciones anticipadas que quien convoque a largo plazo puede incorporar a los precios de energía un cargo adicional a los precios obtenidos en la licitación, cargo que no podrá ser mayor a 3% y se aplica solo a la facturación de la energía.
Además, establece que hasta el 20 de enero de 2026, las licitaciones para abastecer la demanda regulada durante horas de punta solo podrán comprender el suministro de energía y potencia, entre otras consideraciones para esta propuesta reglamentaria.
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¿Qué opinan los expertos?
Para Claudia Cruces, asociada senior del Estudio Echecopar, esta propuesta buscaría que las distribuidoras privilegien la suscripción de contratos bajo concurso de diversos ofertantes, antes que optar (como lo hacen actualmente) por contratos bilaterales. Aunque con este reglamento, estos últimos también pasarán a ser competencia de Osinergmin.
Destacó además que, como las únicas empresas habilitadas a contratar sin licitación serán empresas de distribuidoras pequeñas, las grandes, como el caso de las que atienden a Lima y Callao, van a tener que (sí o sí, en adelante) convocar a subastas para adquirir su energía.
Cruces refirió que -según han señalado autoridades del Minem- lo que busca ese sector con esta nueva regulación, es que, a través de contratos surgidos de licitaciones, los precios de la electricidad sean más competitivos, y que se reduzca la diferencia de precios del mercado libre de la energía (al que acceden los clientes libres), y las tarifas reguladas.
Es preciso recordar en este punto que, mientras en ese mercado libre se oferta precios de la energía que actualmente tienen un costo en torno a los US$30 por megavatio hora (Mwh), los usuarios regulados pagan más del doble (encima de los US$60 por Mwh).
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¿Bajarán las tarifas a los regulados?
Para la especialista, es posible que esa brecha entre precios libres y tarifas reguladas se acorte en favor de los usuarios regulados, considerando que la norma establece que el precio al ser regulado no puede diferir en más del 10% del promedio ponderado de los precios de las licitaciones y de los contratos que suscriben los clientes libres.
Sin embargo, para que se concrete una reducción de tarifas, Cruces refirió que todo va a depender de los resultados de las subastas, de forma que, mientras más competitivas sean las licitaciones, se obtendrán precios más competitivos y más bajos a los usuarios.
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A su turno, Javier Coronado, director económico del Estudio Garrigues, consideró que no se puede conocer a priori, con esta propuesta de reglamento, las tarifas o precios que se obtendrán.
Sin embargo, señaló, se puede advertir que uno de sus objetivos sería mejorar los precios que pagan finalmente los usuarios regulados, ya sea por la celebración de contratos bilaterales o derivados de las licitaciones de las distribuidoras.
Al respecto, Giancarlo Vignolo, asociado principal del área de Administrativo de Garrigues, observó que los nuevos contratos a los que se aplicará la nueva normativa convivirán aún por un periodo más o menos extenso con los contratos del régimen anterior, es decir, que habrá aún precios diversos.
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¿Ventaja a grandes generadoras?
Para César Gutiérrez, experto en energía, tal como está planteado, este reglamento (para efecto de las nuevas licitaciones) daría ventaja a las grandes empresas generadoras que utilizan diversas tecnologías (hidráulica, térmica a gas natural y renovables solar y eólica).
Explicó que, de acuerdo con la propuesta de reglamento, Osinergmin deberá evaluar con un modelo el suministro que minimice el costo de potencia y energía, y eso -afirmó- significa que se evaluará en todo el período de 24 horas (y no diferenciando por bloques horarios, como plantea la nueva ley).
Esa situación -advirtió el especialista- daría una ventaja a los generadores que tengan todas las tecnologías porque podrán combinar los precios óptimos que cubren el período de 24 horas y en las cuatro estaciones del año. Las renovables solares tienen variaciones significativas de oferta en cada estación, observó.
“Así, las renovables que solo se dediquen a solar y/o eólica van a terminar siendo proveedoras de las generadoras multitecnología que en nuestro mercado son solo tres”, anotó.
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Comunicador social. Estudió en la Escuela de Comunicación Social de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, e Inglés en la PUCP. Diplomado en Economía y Finanzas en la Universidad de Esan.