
Una nueva ley establece el marco regulatorio para la formalización, desarrollo y competitividad de las micro y pequeñas empresas (MYPES). Si bien muchas disposiciones ya estaban contempladas en normas previas, el nuevo texto unifica y precisa aspectos vinculados al régimen laboral especial, al acceso a compras estatales, los incentivos previsionales y la simplificación para la formalización.
Se mantiene la clasificación de mype según ventas anuales: hasta 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) para microempresas y hasta 1,700 UIT para pequeñas empresas.
No pueden acogerse al régimen especial aquellas que formen parte de grupos económicos mayores, que dividan operaciones para acceder indebidamente a los beneficios, ni aquellas dedicadas a actividades como bares o juegos de azar.
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Régimen laboral
El texto reafirma el marco laboral especial ya regulado para las MYPE. En el caso de las pequeñas empresas, se incluye derecho a CTS, gratificaciones, utilidades y seguro de vida. Las microempresas mantienen beneficios más acotados, como 15 días de vacaciones y una indemnización de 10 días por año en caso de despido injustificado.
Una novedad importante es que, si una empresa supera los topes de ventas establecidos, podrá mantener el régimen laboral especial por tres años calendario consecutivos antes de pasar al régimen general. Si luego sus ingresos se reducen, podrá regresar al régimen especial previamente registrado.
La ley no solo está dirigida a empresas formales. También incluye a las juntas de propietarios, asociaciones de vecinos o inquilinos de edificios residenciales que contraten personal para servicios comunes como vigilancia, limpieza, mantenimiento o reparaciones.
Siempre que no superen los 10 trabajadores, estas organizaciones podrán acogerse al régimen laboral de las microempresas. Esto permite regular la situación laboral de porteros, encargados de edificio y personal de limpieza, quienes podrán contar con derechos laborales mínimos reconocidos bajo esta normativa.
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Formalización simplificada y acceso al mercado
La ley refuerza el proceso de constitución en línea, que deberá concluir en 48 horas, y promueve el uso de la figura de la SACS (Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada) con exoneración de tasas para capitales bajos.
Las MYPE también podrán participar en compras estatales con una medida alternativa a las garantías tradicionales: la retención del monto respectivo durante la ejecución del contrato.
Sistema de pensiones y fiscalización
Asimismo, se crea un sistema de pensiones sociales para trabajadores de microempresas menores de 40 años no afiliados a otros regímenes. El aporte será hasta el 4% del sueldo mínimo, con un bono de reconocimiento por parte del Estado, y posibilidad de elegir entre la ONP o AFP.
La Sunafil y los gobiernos regionales deberán fiscalizar anualmente al menos al 20% de las mype. El incumplimiento de las condiciones genera la exclusión del régimen especial y la obligación de cumplir con todos los derechos laborales del régimen común.
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