La ley amplía la prohibición de comunicaciones no solicitadas por parte de empresas y exigirán validar llamadas publicitarias para frena el spam. (Fuente: Andina)
La ley amplía la prohibición de comunicaciones no solicitadas por parte de empresas y exigirán validar llamadas publicitarias para frena el spam. (Fuente: Andina)
Redacción Gestión

El de la República promulgó la nueva ley que amplía la prohibición a las , modificando el .

La Ley N.º 32323, que obtuvo luz verde tras una reconsideración del proyecto aprobado el año pasado, busca reforzar la protección contra métodos comerciales agresivos o engañosos utilizados por proveedores de bienes y servicios.

El derecho de todo a la protección contra los métodos comerciales agresivos o engañosos implica que los proveedores no pueden llevar a cabo prácticas que mermen de forma significativa la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo”, señala la ley.

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Con esta norma queda prohibido el uso de centros de llamadas o “”, sistemas de llamadas telefónicas, mensajes de texto o correos electrónicos masivos con fines publicitarios, salvo que el consumidor haya dado un consentimiento previo, libre, informado, expreso e inequívoco para ser contactado.

Este permiso, indica el texto promulgado, puede ser revocado en cualquier momento, sin necesidad de dar una justificación, y cualquier incumplimiento será considerado una infracción muy grave.

Además, se establece que el Estado deberá definir las reglas específicas para el uso adecuado de llamadas y mensajes a través de redes de telecomunicaciones.

Como parte de esta disposición, eltendrá 60 días calendario para emitir una normativa adicional.

La normativa deberá incluir la asignación de una numeración telefónica especial a los proveedores, métodos de seguridad y validación para que los usuarios puedan identificar el spam, así como mecanismos para verificar la autenticidad de la información transmitida.

Explicación del Indecopi

Milagros Pozo, directora de fiscalización del Indecopi, señaló que la modificación en la normativa al consumidor está referida únicamente a las llamadas promocionales, elevando los requisitos para que se realicen.

Detalló que el cambio se centra en que, ahora, los consumidores deben acercarse presencialmente a autorizarla, pues la prohibición sin ella ya estaba establecida.

“Ahora, los proveedores solo pueden llamar a consumidores que se hayan acercado voluntariamente, por propia iniciativa, a pedir que les llegue publicidad. El eje de esta modificación es que, antes, los consumidores no tenían que acercarse necesariamente, aplicaba la aceptación solo vía llamadas o mensajes”, declaró a Canal N.

Agregó que, durante el 2024, se registraron más de 4,500 reclamos vinculados a llamadas que no se requirieron. A mayo, la cifra bordea los 2,100.

También comentó que los reclamos no llegan a una sanción, sino que buscan dar solución “apuntalando las acciones de fiscalización”. Resaltó que algunas de las empresas sobre las que iniciaron procedimiento sancionadores para que regularicen sus políticas son Pacífico Seguros y Entel.

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