
Por amplia mayoría, el Congreso de la República aprobó por insistencia una autógrafa de ley que modifica la Ley de Aeronáutica Civil (Ley N° 27261) para que el endoso de pasajes se dé sin costo alguno.
El texto —avalado por 100 legisladores, ninguno en contra y una abstención— establece que los pasajes de avión se podrá ser transferido por el titular a otra persona hasta 24 horas antes del vuelo.
Se deberán mantener las condiciones del contrato y dicha transferencia devendrá en la emisión de un nuevo billete a nombre de la persona que viajará y será gratuita.
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En caso que una aerolínea se niegue injustificadamente a realizar el endoso del boleto aéreo, la autoridad aeronáutica la sancionará —es decir, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)—, salvo en casos de fuerza mayor.

Marleny Portero López, presidenta de la Comisión de Transporte, sostuvo que “es un derecho” y pidió un alto a la “discriminación de las aerolíneas”.
Tal como informó Gestión, el Poder Ejecutivo observó esta iniciativa porque el derecho al endoso ya está regulado en el Código de Protección y Defensa del Consumidor del Indecopi; sumado a que el Congreso coloca al MTC como un ente sancionador.
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Desde la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional (AETAI) advirtieron que “no tiene sentido” que se aplique una “doble sanción”, considerando que ahora el Indecopi y MTC tendrán estarán facultadas para dicho fin.