El MEF había señalado anteriormente que no daría más dinero a Petroperú, pero sí daría garantía soberana.  (Fuente: Andina)
El MEF había señalado anteriormente que no daría más dinero a Petroperú, pero sí daría garantía soberana. (Fuente: Andina)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la ejecución de una operación de administración de deuda y emisión de bonos soberanos hasta por US$ 287.3 millones, para cumplir las

Para el efecto, emitió resolución ministerial N°447-2025-EF/52, firmada por el titular del sector, Raúl Pérez Reyes.

En concreto, se determinó dicha emisión interna de bonos para implementar la operación de administración de deuda, de las obligaciones de pago derivadas del honramiento de la garantía otorgada por el Gobierno Nacional, aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 023-2022, que estableció medidas en materia económica y financiera destinadas a evitar el desabastecimiento de combustible a nivel nacional.

Esta resolución, publicada en las normas legales, se ampara en la Ley N° 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y que faculta al

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Emisión será bajo modalidad de refinanciación

La resolución dispone que la emisión interna de bonos será bajo la modalidad de refinanciación, por el monto antes mencionado, más los intereses que se devenguen hasta la fecha de colocación de los referidos bonos.

La operación se dio, con el argumento de evitar un desabastecimiento de combustibles de Petroperú. Foto: GEC.
La operación se dio, con el argumento de evitar un desabastecimiento de combustibles de Petroperú. Foto: GEC.

Para los fines de dicha emisión, se establece que la modalidad de colocación es mediante oferta privada al Banco de la Nación, en sustitución al Programa de Creadores de Mercado.

Dispone también como características del bono soberano que su valor será el que tenga al 12 de agosto del año 2034 en soles, más los intereses que se devenguen hasta la fecha de colocación de dichos instrumentos.

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Condiciones de los bonos

Su valor nominal será de S/1,000 (por bono) y la resolución señala que el monto que corresponde a las fracciones será cancelado en la fecha de colocación del bono soberano con vencimiento al 12 de agosto del año antes mencionado, y que será la fecha de redención del mismo, con una tasa cupón del 5.40% y con una periodicidad de pago de intereses semestral.

Las fechas de colocación serán, la primera, el 26 del presente mes, para las Cartas de Crédito con vencimiento desde el 28 de agosto del 2025 hasta el 18 de setiembre del 2025; y la segunda, el 1 de octubre de este año, para las Cartas de Crédito con vencimiento al 25 de setiembre de 2025, siendo el agente registrador de emisión y pago Cavali S.A. ICLV.

El servicio de amortización, intereses y demás gastos que ocasione la emisión de bonos conforme a lo dispuesto en esta resolución, serán atendidos por el MEF con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.

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Asimismo, la RM autoriza a la directora general del Tesoro Público del MEF a suscribir el “Convenio de Administración de Deuda bajo la modalidad de refinanciación entre ese ministerio y el Banco de la Nación”, así como los documentos que se requieran para su implementación.

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