
A mediados del mes pasado, Gestión informó -en exclusiva- que formalmente se había iniciado ante el Tribunal Constitucional (TC) un proceso para bloquear las “ayudas” del Gobierno peruano a Petroperú. El Colegio de Abogados de Arequipa solicitó al TC declarar como inconstitucional el último Decreto de Urgencia (DU) que emitió el Ejecutivo para la petrolera estatal.
La queja directa era básicamente contra el DU N° 013-2024, que se publicó hace menos de un año, en septiembre. El pasado 7 de julio ingresó al TC el expediente respectivo.
Casi un mes después de lo informado, finalmente el TC emitió un auto que admite la mencionada demanda de inconstitucionalidad contra el DU N° 013-2024. Además, otorga 30 días de plazo al Poder Ejecutivo para que se apersone al proceso y conteste la demanda. Aunque, hace una precisión.
“Se resuelve admitir a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados de Arequipa contra el DU N° 013-2024, y correr traslado de la demanda al Poder Ejecutivo para que se apersone al proceso y la conteste dentro de los 30 días útiles siguientes a la notificación de la presente resolución", refirió el TC.
Agregó: “Declarar improcedente la demanda respecto de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de Energía y Minas”.
Lo que el colegiado criticó en su momento es que dicho dispositivo legal se habría emitido sin la justificación suficiente que exige la Carta Magna para recursos como ese. Buscan evitar que se perpetúe este mecanismo para la petrolera estatal.
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Objetivo claro
Según se alude en el recurso que revisó Gestión, se busca evitar que se “instaure un régimen permanente de subsidio estatal vía decreto” para Petroperú.
Se indica además que la Constitución señala que para que un DU sea válido, deben cumplirse dos criterios: excepcionalidad y necesidad. Ambos, a consideración del Colegio de Abogados de Arequipa, no se cumplieron bajo ninguna circunstancia en septiembre, cuando se emitió el DU.
En otras palabras, se acusa que el Ejecutivo habría desvirtuado esta herramienta para atender la crisis financiera de Petroperú, que es estructural, no circunstancial.
En ese sentido, no había una emergencia imprevisible en septiembre, ya que no existía un riesgo real de desabastecimiento de combustibles, como se dijo en su momento.
“Permitir que se emitan DU en casos de problemas estructurales equivaldría a convalidar una urgencia gubernamental autoinducida. No es admisible que se opte repetidamente por la vía excepcional en lugar de encarar soluciones legislativas o administrativas de fondo a tiempo. Lo estructural no puede convertirse en excepcional por mera acción discursiva”, sentencia la demanda.








