
El Ministerio de la Producción (Produce) estableció en 20,364 toneladas el límite máximo de captura de merluza para el periodo julio 2025 – junio 2026, según lo dispone la Resolución Ministerial Nº 00290-2025-PRODUCE.
La medida se enmarca en el Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) y busca garantizar la sostenibilidad del recurso.
De acuerdo con la norma, el Límite Máximo de Captura Total Permisible (Lmctp) incluye lo ya fijado previamente en la Resolución Ministerial Nº 00229-2025-PRODUCE. No obstante, Produce podrá modificar la cifra inicial en función de los informes que emita el Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
Este organismo se encarga de monitorear los principales indicadores biológicos y pesqueros de la especie, a fin de asegurar que la explotación no afecte su reproducción ni disponibilidad futura.
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Asignación por embarcaciones
La Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto tendrá a su cargo la publicación del listado de Límites Máximos de Captura por Embarcación (LMCE), que distribuirá la cuota entre las unidades autorizadas para participar en la pesca de merluza. Este mecanismo permite un mayor control del esfuerzo pesquero y busca evitar la concentración de capturas en pocas naves.
El cumplimiento de la medida estará a cargo de distintas instancias del Ministerio de la Producción, como la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura y la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción.
Asimismo, las dependencias con competencia pesquera de los gobiernos regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú deberán realizar labores de vigilancia dentro de sus respectivos ámbitos.
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