Pesca artesanal. (Fuente: USI)
Pesca artesanal. (Fuente: USI)

El Ministerio de Producción (), mediante la , estableció los límites de captura del jurel y caballa, efectuada por artesanales para el periodo mayo a agosto de 2025.

La norma establece el límite en 16,650 toneladas, aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones pesqueras artesanales que cuenten con permiso de pesca vigente.

El saldo no extraído en el periodo 1 de mayo al 30 de junio se acumula en el periodo del 1 de julio al 31 de agosto. Asimismo, el saldo no extraído al 31 de agosto, se redistribuye mediante Resolución Ministerial.

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Finalmente, se dispone la publicación de la norma la sede digital del Ministerio de la Producción, el mismo día de su publicación en el diario El Peruano.

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