
El Ministerio de Producción (Produce) fijó el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) de inicio del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), para el período comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025, en 609,935 toneladas.
Ello se estableció mediante la Resolución Ministerial Nº 00346-2025-Produce.
“El aprovechamiento del citado LMCTP, correspondiente al periodo entre el 1 de octubre hasta el 25 de octubre de 2025, no supera las 90,131 toneladas del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas)“, señala el dispositivo legal.
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En los considerandos de la norma se lee que la los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación; correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional.
Asimismo, que según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos y, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio de la Producción.








