AFP podrán invertir hasta el 80% de los fondos en mercados internacionales, tras la promulgación de la Ley Nº 32428. Foto: Andina.
AFP podrán invertir hasta el 80% de los fondos en mercados internacionales, tras la promulgación de la Ley Nº 32428. Foto: Andina.

El Gobierno promulgó hoy la Ley Nº 32428, aprobada previamente por el Congreso, que . La norma fue publicada en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

La disposición modifica el artículo 25-D del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante el Decreto Supremo 054-97-EF.

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A partir de ahora, se establece que las AFP podrán invertir en instrumentos emitidos por gobiernos, entidades financieras y no financieras cuya actividad se desarrolle mayoritariamente fuera del país, hasta el 80% del valor total de los fondos que administran.

El límite operativo, sin embargo, , que es la entidad encargada de establecer los parámetros efectivos para la diversificación de portafolios.

La norma quedó redactada de la siguiente manera:

“Límites de inversión generales:

Artículo 25-D.- Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, la política de diversificación de inversiones de los fondos deberá cumplir con los siguientes límites generales:

[…]

d) La suma de las inversiones en instrumentos emitidos por gobiernos, entidades financieras y no financieras cuya actividad económica mayoritariamente se realice en el exterior como máximo ochenta por ciento (80%) del valor del fondo. El límite operativo seguirá siendo fijado por el Banco Central de Reserva.

[…]”.

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La ley fue rubricada por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y por el presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Arana.

El texto íntegro de la Ley Nº 32428 puede consultarse en el portal de El Peruano, a través del siguiente enlace oficial:

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