
Dos propuestas legislativas con impacto directo en el Impuesto General a las Ventas (IGV) vienen siendo materia de discusión por estos días. Esto, considerando su camino para que entren en vigencia, su impacto sobre la economía peruana, la recaudación tributaria, entre otros.
En Gestión revisamos al detalle ambas propuestas y consultamos con expertos sobre sus alcances. Los detalles a continuación.
1. Reducción del IGV a costa del Foncomun
El pasado 21 de mayo, el Congreso aprobó por amplia mayoría una ley que incrementa en un 2% los recursos del Fondo de Compensación Municipal (Foncomun). Esta iniciativa no sería llamativa de no ser porque más de un especialista lanzó fuertes advertencias por su potencial impacto fiscal.
El riesgo está, como explicó Luis Arias Minaya, ex jefe de la Sunat, a Gestión, en que esta propuesta de ley incluyó, además de elevar el Foncomun, reducir la tasa del Impuesto General a las Ventas (IGV).
Así, detalló el ex funcionario, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha quedado expuesto a buscar un financiamiento altísimo para una ley que el Congreso aprobó con 98 votos.
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El Congreso, según indica el proyecto de ley aprobado, busca promover la inversión pública municipal, mediante el “fortalecimiento del Foncomun”.
Para ello, plantea que la tasa actual de este fondo pase de 2% a 4% de manera progresiva. Así, crecería 0.5 puntos porcentuales año a año entre 2026 y 2029.
Luis Arias Minaya señaló que el costo de elevar en dos puntos porcentuales el Foncomun será de S/ 10,000 millones para el fisco peruano.
“El cálculo es muy sencillo. Hay dos formas de hacerlo. Una es tomar la recaudación total del IGV que publica la Sunat, dividir ese valor, que es 18%, entre 18, y multiplicarla por dos puntos para sacar el monto del Foncomun”, apuntó.

El otro camino es sencillamente ir al SIAF, sistema del MEF para monitoreo presupuestal, y visualizar cuanto corresponde al fondo municipal.
El gran detalle con esta norma, cuya autógrafa ya se envió al Ejecutivo el pasado 26 de mayo, es que plantea este incremento del Foncomun, sin decir de dónde el MEF sacará esos S/ 10 mil millones. El Gobierno tiene hasta el 16 de junio para pronunciarse al respecto.
“El proyecto no dice de dónde el Gobierno obtendrá el dinero. Se asume implícitamente que deberá aumentar la deuda pública o recortar gastos del gobierno central, pero esto último es improbable por la rigidez del presupuesto”, puntualizó.
Vale señalar que, al igual que el ex titular de la Sunat, Waldo Mendoza, que dirigió el MEF, advirtió que esta ley sería la “más dañina del último siglo” precisamente por su costo: S/ 10 mil millones.
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Nueva tasa del Foncomun debía elevar IGV también
Ambos expertos han advertido que esta norma no solo aumenta el Foncomun, sino que reduce la tasa del IGV. Sin mayor sustento, la propuesta indica que, de entrar en vigencia, este impuesto se reduciría en dos puntos porcentuales.
“La tasa del impuesto es 14%”, señala escuetamente su tercera disposición complementaria transitoria.
Al respecto, Luis Arias Minaya manifestó que el Congreso no podía elevar solo el Foncomun, sin tocar el IGV, ya que de su recaudación saldría el financiamiento del fondo. Por eso, recalcó, el Legislativo tuvo que haber subido la tasa, no reducirla.
“Si la ley hubiese dicho solo que se eleve el Foncomun, eso hubiera significado que los municipios reciben más dinero, pero los ciudadanos deberían pagarlo. El IGV total debería haber subido al 20%”, estimó.
Por este motivo, el ex jefe de la Sunat hizo un llamado a que el ministro de Economía, Raúl Pérez Reyes, observe la propuesta, pero no solo eso, sino que acuda directamente al Tribunal Constitucional.
“El MEF no solo debe observar, debe pedir la inconstitucionalidad de la ley. Si no lo hace, caerá en falta funcional. Esta ley no tiene más de una interpretación: dice claramente dale S/ 10 mil millones a los municipios”, sostuvo recordando que la Constitución prohibe al Congreso incrementar el gasto público.
Vale recordar que el actual titular del MEF inició su gestión anunciando, en entrevista con Gestión, la observación de la ley para las Asociaciones Público-Privadas (APP), que se aprobó desde el Congreso sin debate en comisiones.
Aparte, ya observó oficialmente otra norma dada por el Legislativo: la conocida “ley marco” para las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP), como también contó este Diario.
2. Reducción del IGV directamente
La semana pasada, el congresista Ilich López (Acción Popular) presentó el proyecto de Ley 11228/2024-CR. Actualmente, se encuentra en fase análisis en la Comisión de Economía, que la preside. Este es el primer paso antes de ser discutida en el Pleno y, eventualmente, por el Gobierno, para entrar en vigencia.
La propuesta plantea reducir temporalmente la tasa del Impuesto General a las Ventas (IGV), actualmente fijada en 18%.
La iniciativa contempla aplicar una tasa de 15% en 2026, de 16% en 2027 y de 17% en 2028. La vigencia de la norma es hasta el 31 de diciembre del 2030.
El beneficio estaría dirigido a personas naturales y empresas con actividad empresarial, siempre que no formen parte de grandes grupos económicos ni mantengan vínculos con ellos.
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Para compensar la menor recaudación por IGV, el proyecto plantea un incremento temporal de un punto porcentual en la tasa del Impuesto a la Renta (IR) aplicable a las empresas acogidas al beneficio.
También exige que estas empresas capaciten a su personal y promuevan su certificación ante el Ministerio de Trabajo. El MEF, por su parte, deberá emitir un informe anual sobre los efectos fiscales y económicos de la medida.
Los abogados tributaristas César Dávila, socio de CMS Grau, y Juan José Assereto, socio de Zuzunaga y Assereto Abogados, coinciden en que la propuesta presenta problemas técnicos y no garantiza que los precios bajen.
Ambos consideran que la compensación propuesta con un alza de un punto en el Impuesto a la Renta carece de justificación técnica. Dávila advierte que el IGV es un impuesto con alta recaudación y bajo nivel de evasión, por lo que reducirlo afectaría una fuente fiscal más confiable.
También alerta sobre posibles efectos fiscales negativos y recuerda que el Congreso tiene limitaciones constitucionales para aprobar medidas que impliquen gasto público sin sustento técnico.
Assereto, por su parte, pone énfasis en que la medida parte de una lectura equivocada del mercado, al suponer que una menor tasa del IGV reducirá precios o aumentará la formalización, cuando en realidad el principal factor que influye es la demanda.

Licenciado en Comunicaciones con especialidad en Periodismo por la Pontificia Universidad Católica del Perú, donde escribió en el portal Somos Periodismo y la revista Impresión. Parte del equipo fundador del medio digital Sudaca. Desde 2020 cubre temas económicos, políticos y sociales.