
La nueva Ley General de Turismo promulgada por el Gobierno, este viernes 27 de junio, apunta a reactivar y fortalecer la industria turística. Sin embargo, la implementación de una serie de incentivos tributarios genera opiniones divididas.
Mientras los gremios del sector turístico resaltan el impulso que generará a la industria, el Consejo Fiscal habían mostrado su preocupación por el impacto que podría tener la medida, calificándola entre las 32 iniciativas que podrían erosionar la base tributaria.
Uno de los principales puntos de preocupación es la creación Zonas Especiales de Desarrollo Turístico (ZEDT) que plantea la nueva ley, dentro de la cual se establecerán incentivos para la atracción de inversiones.
En detalle, las empresas del sector turismo que operen dentro de estas zonas podrán acceder a un régimen tributario especial por 15 años: pagarán 0% de impuesto a la renta en los primeros cinco años, 10% entre el sexto y décimo año, y 15% entre el año 11 y el 15.
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Para Adrián Rodas, director del Instituto Pulso Fiscal, esta normativa podría tener un elevado costo fiscal y generar riesgos para las finanzas públicas.
Según explicó, la aprobación de la ley se dio sin una estimación de su costo fiscal y sin intervención o comentarios previos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), lo que podría significar que están avalando mayores gastos tributarios.
“En el proceso de aprobación se exoneró de la Comisión de Economía, eso lleva a que no se haya identificado un costo fiscal. Es preocupante porque esto tiene implicancias en la recaudación tributaria y en el presupuesto público”, comentó a Gestión.
Incluso, recordó, se intentó que el debate regresara a la Comisión de Economía del Congreso, pero la propuesta fue rechazada el pasado 4 de junio y, finalmente, fue validada ese mismo día en el pleno.
Francisco Pantigoso, director de la Maestría en Tributación de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), coincidió en el riesgo que implica la falta de una evaluación previa del MEF, pues representa un incumplimiento del Código Tributario, que exige sustento técnico y fiscal para todo incentivo.
“Esta “ganga tributaria” no la tiene ningún sector y creemos que todo ello debió pasar por el tamiz del MEF, sino sería un dispositivo inconstitucional, pues no sigue el marco de la normativa para incentivos. Se debió evaluar el impacto en la caja fiscal. Esta norma concuerda con las medidas que están socavando las arcas del Gobierno Central”, sostuvo.
De hecho, Rodas precisó que esta implementación de zonas económicas para el turismo se suma a las 86 medidas de exoneraciones tributarias que están vigentes en el Perú.
Esto podría generar riesgos para incumplir las metas fiscales de los próximos años en medio de una delicada situación que ha llevado a que no se cumpla con el límite de déficit en los últimos dos años.
“Se ha identificado 86 medidas, un número muy exorbitante que tiene un costo fiscal de más de S/ 20,000 millones y concentradas en cinco impuestos, entre ellas el Impuesto General las Ventas (IGV), Impuesto a la Renta (IR), entre otros”, refirió.
El tributarista Jorge Picón señaló que el esquema que se estaría usando para estas zonas sería similar a lo planteado en las zonas económicas especiales privadas.
Aunque resaltó que crear regímenes tributarios excepcionales de manera frecuente no es lo ideal, porque de alguna manera “lo excepcional se convierte en la regla y complica la administración tributaria”, no vería una pérdida de recaudación inmediata, pues los beneficios solo aplican a futuras inversiones en zonas aún por definirse.
El tributarista explicó que para estas zonas primero deben hacerse estudios, declararse su ubicación y recién después vendrían los inversionistas.
“La ley le da al Ejecutivo la facultad para crear estas zonas y el Ejecutivo podría no hacerlo simplemente. No han creado una exoneración que tenga una aplicación práctica en este momento y no creo que deba tenerla, por lo menos, en un par de años. Si es que se da, el efecto de impuesto a la renta se daría en el 2028 o 2029″, comentó.
Sin embargo, advirtió que las otras medidas de la ley sí podrían tener un impacto más rápido en la recaudación tributaria.
¿Cuáles son lo otros incentivos?
Además de las ZEDT, la ley también incluye incentivos para las empresas turísticas. Una de ellas establece que se permitirá una depreciación acelerada del 20% anual -por encima del 5% habitual- en construcciones turísticas durante 2026 y 2027.
Esta depreciación significa que una empresa puede descontar más rápido el valor de sus construcciones como gasto, lo que reduce el monto sobre el que pagará el IR en los próximos dos años.
“¿Qué ocurre cuando inviertes US$ 1 millón en una construcción? De ese millón deprecias US$ 50,000 por año por 20 años. En este caso están diciendo: por estos 2 años en vez de US$ 50,000 deprecia US$ 200,000. No estás aumentando el monto, pero te está acelerando la depreciación, lo cual hace probable es que estas empresas no vayan a pagar impuesto a la renta si es que hubieran tenido utilidad”, explicó Picón.
Con esto, el impacto se trasladará en la caja fiscal que recibirá el próximo gobierno, pues se reflejará recién a partir de marzo del 2027 en la recaudación de impuestos.
El efecto, añadió, sería limitado a empresas que hayan hecho inversiones recientes, ya que muchos hoteles antiguos ya están totalmente depreciados.
Otro punto son la deducciones tributarias que se habilitarán por gastos en servicios de guías, turismo de aventura, ecoturismo y artesanía. Estas se suman a las deducciones ya existentes dentro del tope de 3 UITs anuales que pueden realizar los trabajadores.
Esa medida, indicó Picón, tendría un efecto casi nulo debido a varios factores, como la existente informalidad en los servicios turísticos, como guías y artesanos; y al hecho de que el 90% de personas que está en planilla no paga impuesto a la renta.
“Suena bien en teoría, pero en la práctica veo un efecto cercano a cero. Esto solo funciona para aquellas personas que paguen impuesto a la renta y todas las deducciones tendrían que estar basadas en comprobantes electrónicos, o sea, tiene que ser formal el sujeto que te lo emite, es complicado”, sostuvo.
Por su lado, Rodas señaló que el verdadero problema con estas medida es el “efecto bola de nieve” pues si se otorgan beneficios a un sector, otros podrían exigir similares, desestabilizando la política tributaria.
Ante esto, resaltó que la evidencia sugiere que, en lugar de restar recursos al tesoro público, sería mejor que se asigne adecuadamente el presupuesto público para los fines que se buscan, en este caso impulsar el turismo.
“Empíricamente, en realidad se concluye que las exoneraciones tributarias, los beneficios tributarios, etcétera, no generan un impacto adecuado para los objetivos de política pública que se persiguen”, añadió.
Asimismo, recordó que este tipo de medida, una vez aprobadas, son muy difíciles de revertir. Por ahora, queda pendiente la reglamentación de la ley, para lo cual el MEF tendrá un papel crucial en la delimitación y focalización que evitaría que se amplíen los costos fiscales.

Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la Universidad de San Martín de Porres con experiencia en radio, tv, redes sociales y medios impresos. Escribo y hablo sobre economía y finanzas desde el 2020.