
La cultura del streaming en vivo ha llegado para quedarse. Cada vez más creadores transmiten desde restaurantes, gimnasios, centros comerciales e incluso calles concurridas, llevando a su audiencia la experiencia “en tiempo real”.
Pero esta tendencia también ha abierto un debate legal: ¿qué ocurre cuando un cliente, deportista o transeúnte aparece en estos videos sin haber dado su consentimiento?
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La imagen como dato personal protegido
El derecho a la imagen está reconocido en la Constitución y el Código Civil, que otorgan a toda persona control sobre su identidad visual. Pero en el contexto digital, este derecho se vincula directamente con la Ley de Protección de Datos Personales, que considera la imagen un dato personal.
Para Alexandra Espinoza, asociada del Estudio Benites, Vargas & Ugaz, esto significa que cualquier captación de imagen que haga identificable a una persona constituye tratamiento de datos y está sujeta al principio de consentimiento. “La regla es que siempre se solicite autorización previa, expresa e informada del titular de la imagen, incluso en contextos públicos”, explica.
Alex Sosa, socio del Estudio Muñiz, coincide y advierte que cuando un streamer capta y difunde imágenes de terceros sin consentimiento, incurre en un tratamiento ilícito de datos personales que puede acarrear sanciones de hasta 100 UIT.
Ambos expertos recomiendan que los creadores de contenido eviten mostrar rostros o usen técnicas de difuminado para que las personas no sean identificables si no han autorizado su aparición.
Transmisión en vivo vs video grabado
El riesgo legal es mayor en los streamings en vivo, ya que no existe posibilidad de filtrar el contenido antes de su difusión. Los especialistas coinciden en que la infracción se configura en el mismo momento de la transmisión si se muestran personas sin consentimiento.
En los videos grabados y editados, el creador tiene oportunidad de revisar el material y difuminar rostros o pedir autorización antes de publicarlo. Por ello, se recomienda que quienes generen contenido revisen el material con cuidado para evitar vulneraciones y reclamos posteriores.

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Espacios públicos y privados
Los especialistas coinciden en que la protección de la imagen se aplica tanto en espacios públicos como en privados de acceso público, como restaurantes, gimnasios o centros comerciales.
La única excepción es la videovigilancia instalada con fines de seguridad, que tiene un marco normativo propio y exige avisos visibles en los accesos.
“Si la transmisión permite identificar a alguien, la regla general es que se requiere su consentimiento. Y si no se obtiene, la recomendación es difuminar o editar la imagen para que la persona no sea reconocible”, explica Espinoza.
Permisos y límites en locales de acceso público
Sosa precisa que los locales pueden autorizar la grabación de contenido en sus instalaciones, pero ese permiso no sustituye la autorización individual de los clientes. “Cada persona sigue siendo titular de su imagen y puede oponerse a que esta sea difundida”, afirma.
Para evitar conflictos, Espinoza recomienda que los negocios implementen políticas internas de grabación, coloquen avisos informativos y celebren acuerdos con los streamers para garantizar que se respete la normativa de datos personales.
Estas medidas permiten deslindar responsabilidades y demostrar que el local actuó de forma diligente si un cliente reclama.

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Qué hacer si apareces en un video sin autorización
Los abogados explican que el ciudadano que detecta que su imagen ha sido utilizada sin consentimiento puede ejercer sus derechos ARCO —acceso, rectificación, cancelación y oposición— ante el creador del contenido.
Sosa recuerda que el streamer tiene 10 días hábiles para responder y, de no hacerlo, el afectado puede denunciar el caso ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, que puede ordenar el retiro del contenido y aplicar sanciones.
Espinoza agrega que las plataformas de streaming o redes sociales cuentan con mecanismos internos para solicitar la eliminación de publicaciones, lo que suele ser una vía rápida para frenar la difusión.
En casos en los que la grabación cause un daño a la reputación, el afectado podría acudir a la vía judicial para exigir una indemnización.
Hacia un streaming responsable
Los especialistas coinciden en que la profesionalización del contenido digital requiere adoptar prácticas preventivas. Solicitar consentimiento de las personas que aparecen en los videos, difuminar imágenes de terceros y formalizar permisos con los locales son medidas que reducen el riesgo de sanciones y conflictos legales.
Para los negocios, la recomendación es implementar protocolos claros y capacitar al personal para atender reclamos de clientes. Y para los ciudadanos, expresar de inmediato su negativa si no desean ser grabados y ejercer sus derechos de protección de datos cuando corresponda.
“La cultura digital seguirá creciendo, pero también las exigencias de respeto a la privacidad. La libertad de crear contenido no debe estar reñida con el derecho de cada persona a decidir cómo y cuándo quiere ser vista”, concluyen los abogados.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.