La Sunat determinó los porcentajes para calcular la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a abril, mayo y junio que corresponde a los transportistas.   (Fuente: Andina)
La Sunat determinó los porcentajes para calcular la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a abril, mayo y junio que corresponde a los transportistas. (Fuente: Andina)

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria () aprobó los nuevos porcentajes requeridos para determinar de cuánto será la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) que se otorga a los que utilizan diésel de bajo contenido de azufre.

A través de la Resolución de Superintendencia N° 000242-2025/SUNAT, se estableció que los porcentajes de participación del ISC sobre el precio por galón de combustible para los meses de abril, mayo y junio fueran de 12.49%, 12.76%, y 12.68%, respectivamente.

Como se recuerda, los transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre regular reciben una con un contenido de azufre igual o menor a 50 ppm.

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Esta devolución, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, se aplica siempre que el combustible se adquiera con comprobante de pago electrónico y de distribuidores formales.

De acuerdo con el reglamento de decreto que estableció el beneficio, la Sunat debe actualizar trimestralmente el porcentaje de participación del ISC para calcular la devolución.

La resolución, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación, permitirá a los transportistas presentar sus solicitudes de devolución correspondientes al segundo trimestre del 2025.

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