Peajes. (Foto: gob.pe)
Peajes. (Foto: gob.pe)
Redacción Gestión

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones modificó el Reglamento Nacional de Tránsito (RTRAN) implementando el telepeaje en la , departamental y provincial de todo el país (vías concesionadas y no concesionadas). Ello, con el objetivo de facilitar el pago del peaje en las vías públicas, reducir el congestionamiento vehicular y sancionar las conductas de quienes incumplan con el pago del .

El , publicado en El Peruano, incorpora al Reglamento Nacional de Tránsito la definición de Telepeaje, como el mecanismo por el cual se identifica el vehículo, a través de la plancha metálica o de la calcomanía holográfica de seguridad (tercera placa) que tiene la placa única de rodaje.

Esta información es reconocida por el lector tecnológico de un peaje para clasificar al vehículo y procesar el pago automático, sin que éste deba detenerse, señala el documento legal.

LEA TAMBIÉN: Ositrán: Sentencia judicial amenaza cobro de peajes en carreteras concesionadas

Sanciones

La medida normativa modifica, además, la infracción con código G.71, sancionando a quienes, sin realizar el pago de peaje, circulen por las donde se encuentran instaladas garitas o infraestructura de peaje. La falta es considerada Grave y la sanción incluye una multa de 8% de la UIT (S/ 412), 40 puntos en el historial de conductor y la retención del vehículo.

Asimismo, incorpora dos infracciones: la M45, que se aplicará a aquellos que, por incumplir el pago del peaje, circulen por rutas no autorizadas, es decir que no forman parte de caminos, vías urbanas o del Sistema Nacional de Carreteras; y la M46, a quienes generen daños materiales a las garitas o puntos de peaje o a otros vehículos, con el mismo fin.

En ambos casos, la infracción es considerada “Muy grave” y se sanciona con una multa de 12% de la UIT (S/ 618), 50 puntos en el historial del conductor, el internamiento vehicular y la retención de

Adicionalmente, se establecen obligaciones a los conductores, relacionadas con el uso del carril señalizado, según la forma de pago del peaje que se elija (manual o electrónica); y a las entidades o empresas concesionarias, las cuales deberán señalizar los carriles de telepeaje.

LEA TAMBIÉN: MTC alista norma para implementar peaje electrónico en todo el país

Instalación de la infraestructura

Cuando ya esté implementado, el pago del peaje podrá realizarse mediante sistemas financieros o cualquier otro método de pago moderno. Las entidades que administren las vías o concesionarias de , en el marco de sus contratos, deberán coordinar con autoridades competentes para la correcta instalación de la infraestructura de telepeaje y la designación de carriles de pago.

Se establece que la facultad de instalar garitas para el pago del peaje de forma manual y la infraestructura para el pago electrónico en la corresponde al MTC. En la Red Vial Departamental, corresponde a los gobiernos regionales; y en la Red Vial Provincial, a los gobiernos locales.

En un plazo no mayor a 90 días hábiles contados a partir de la publicación del Decreto Supremo, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolución Directoral, aprobará los lineamientos para la interoperabilidad de la información generada en el telepeaje.

Con esta medida, no solo se benefician los conductores y pasajeros, quienes verán reducidos sus tiempos de viaje, sobre todo en horario vespertino o en fechas festivas, que es cuando ocurre mayor embotellamiento; sino también los administradores de las vías (Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales, Provias Nacional o empresas concesionarias), ya que contarían con la posibilidad de emplear instrumentos tecnológicos para el cobro del peaje.

Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.