
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) ha propuesto una nueva medida que podría tener un fuerte impacto en los negocios formales, especialmente en micro y pequeñas empresas.
A través de un proyecto de resolución publicado el 8 de mayo, la Sunat busca modificar la Resolución de Superintendencia N.° 344-2010 para incorporar nuevas empresas obligadas a retener pagos por deudas tributarias.
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¿En qué consiste la nueva medida?
La propuesta plantea que empresas que actúan como adquirentes de pagos con tarjeta —como Niubiz, Izipay y Visanet— y otras que facilitan transferencias a comercios, retengan automáticamente el dinero de negocios que tengan deudas tributarias en cobranza coactiva. Esto forma parte de una estrategia para fortalecer el Sistema de Embargo por Medios Telemáticos (SEMT-ATC).
En términos simples, si una tienda vende a través de tarjetas y tiene deudas con la Sunat, la plataforma de pagos que procesa la venta podría retener parte de ese dinero y transferírselo directamente a la entidad tributaria.
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¿A quiénes afecta?
Aunque la medida busca optimizar la recaudación fiscal, el impacto podría sentirse con fuerza en las micro y pequeñas empresas, que dependen del flujo diario de caja y de los pagos digitales para operar.
El abogado tributarista Octavio Salazar advirtió que esta medida podría poner en riesgo la liquidez de estos negocios.
“Si tienes tu tienda y vendes por POS, ese dinero va a la cuenta de Niubiz, Visanet o Izipay. Con esta medida, la Sunat podrá decirles: ‘Esa plata es mía’, y retenerla”, explicó.
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¿Podría incentivar la informalidad?
Según Salazar, sí. Algunos emprendedores podrían optar por rechazar pagos con tarjeta y pedir pagos en efectivo, para evitar posibles embargos.
“Eso genera informalidad. Los emprendedores podrían decir: ‘Págame en efectivo y en la mano, por favor’”, señaló.
Además, las plataformas de pago verían incrementada su carga operativa, ya que actuarían como agentes de retención y ejecución de SUNAT, lo que podría generar más costos para los negocios afiliados.
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¿Qué dice el proyecto oficial?
El proyecto modifica e incorpora diversos artículos y literales en la actual normativa para incluir no solo a los adquirentes de pagos con tarjeta, sino también a los facilitadores de pago. Entre los cambios clave están:
- La modificación de los artículos 1, 2, 4, 6, 7 y 8 de la Resolución N.° 344-2010/SUNAT.
- La inclusión de las letras n) y ñ) en el artículo 1, ampliando el universo de empresas obligadas a colaborar en el embargo electrónico.
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Aunque la intención de Sunat es clara -mejorar la recaudación de impuestos-, expertos y empresarios advierten que la medida podría ser contraproducente.
En lugar de fomentar la formalización, podría empujar a más negocios a la informalidad, debilitando la base tributaria y afectando la economía de miles de familias peruanas.