Trabajadores ahora podrían recibir salarios a través de billeteras digitales
Trabajadores ahora podrían recibir salarios a través de billeteras digitales

El pleno del aprobó el martes en primera votación -y exoneró de segunda- el texto que le daría un mayor uso a las billeteras digitales.

En concreto, el objetivo es que esta herramienta sea también un medio de pago válido para que los empleadores abonen . ¿Cuáles son los requisitos?

El texto, que aún deberá ser validado u observado por el Poder Ejecutivo, señala que se aplicará para aquellos casos en que, por común acuerdo entre el trabajador y el empleador, se elija el uso de la billetera digital para la percepción de sus haberes y otras obligaciones laborales, “siempre que el trabajador considere que esta modalidad le resulta más conveniente”.

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Acuerdo para el pago a través de billeteras digitales

En detalle, se establece que el pago de haberes a través de la billetera digital como alternativa al uso de una cuenta bancada convencional se realiza previo acuerdo con el trabajador al momento de celebrar el contrato de trabajo o después de hacerlo.

Para el pago de haberes y otras obligaciones laborales mediante estas billeteras, regirán los mismos principios, derechos y obligaciones aplicables a través de una cuenta bancaria convencional, “precisándose que dicho pago está referido a aquella billetera vinculada a cuentas de ahorro y cuentas de dinero electrónico (...)”.

En el caso de dinero electrónico, debe ser de empresas sujetas a supervisión.

Los instrumentos de pago serán los siguientes:

  1. Cuentas de ahorros provistas por empresas del sistema financiero, incluyendo cuentas básicas.
  2. Cuentas de dinero electrónico, las cuales cuentan con regulación específica, que incluyen aspectos sobre el respaldo de fondos, límites operativos y mecanismos de seguridad.

Se precisa que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones () determina el nuevo límite operativo aplicable a la billetera digital.

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