
La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República de Perú aprobó un dictamen que amplía los derechos laborales de los trabajadores bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) en el sector público.
El dictamen -que obtuvo luz verde con 11 a favor votos a favor, 3 en contra y 1 abstención- establece que los empleados mediante CAS tendrán derecho a recibir aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, equivalentes cada uno a una remuneración mensual completa.
Asimismo, se establece el otorgamiento de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), calculada sobre el total de la remuneración mensual percibida. Este beneficio será entregado en un solo pago al término de la relación laboral entre el trabajador y la entidad estatal.
Otro de los derechos incorporados es el subsidio por fallecimiento y por gastos de sepelio. Con estas modificaciones, se busca acercar las condiciones laborales de los trabajadores CAS a las de otros regímenes del sector público.
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Para la implementación de estos beneficios, el dictamen contempla una disposición complementaria que autoriza las entidades públicas del Gobierno Nacional, así como a los gobiernos regionales y locales, a efectuar modificaciones presupuestarias internas. Esto, afirman, se financiará con recursos del presupuesto institucional, “sin generar demanda adicional al Tesoro Público”.
Sin diferencia respecto a otras modalidades
Para el abogado laboralista, Germán Lora, esta iniciativa desnaturaliza por completo el régimen CAS. Al otorgar los beneficios laborales mencionados, el régimen no tendría ninguna diferencia con la modalidad 728, por lo que lo más lógico sería “derogarlo por completo”.
La implementación de estos beneficios tendría un fuerte impacto económico y presupuestal pues haría que la contratación en el Estado sea “más cara y compleja”. De esta manera habría un mayor riesgo de informalidad.
“Todo esto va en contra de una de una reforma que se quiso hacer en su momento (...) Entonces, ahora lo que va a pasar es que se a regresar a los servicios no personales, a la informalidad, a contratar a la gente por recibo honorarios en el Estado”, comentó a Gestión.
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Pese a que la medida podría ser cuestionada por razones presupuestales por parte del Poder Ejecutivo, Lora consideró que el Parlamento podría aprobarlo por insistencia sin problemas pues no hay argumentos en contra de generarle mayores beneficios a los trabajadores que tengan “solidez” ante un órgano judicial, salvo la afectación de la estabilidad económica presupuestal del Estado.
Solo un “parche” a problema de fondo
A su vez, el laboralista Jorge Toyama advierte que estos beneficios a los CAS solo representan un “parche” al problema de fondo: la falta de implementación de la Ley del Servicio Civil, que debía unificar y modernizar los regímenes laborales en el sector público.
“Lo que se está dando con esto son normas ‘parche’, que poco a poco intentan equilibrar los derechos laborales de los trabajadores CAS. Pero, la única solución real es que exista una decisión política para que todo el Estado pase al régimen de servicio civil”, indicó.
Toyama agregó que en los últimos años casi todos los nuevos trabajadores que ingresaban al Estado lo hacían bajo el régimen CAS, debido a la escasez de concursos públicos y la flexibilidad que ofrece este tipo de contratación.
Cabe mencionar que, según datos al 2023 de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), hay alrededor de 370,000 trabajadores bajo el régimen CAS, equivalente al 25% del total del empleo público total, siendo el grupo más numeroso después de las carreras especiales.