
Hablar del IRS no suele ser una conversación agradable y hasta te podría generar más de un dolor de cabeza. Y se entiende porque a nadie le gusta pagar impuestos ni estar pendiente de las responsabilidades fiscales, pero hay momentos en los que mirar de frente el tema es la mejor forma de evitar problemas mayores. En Estados Unidos, muchas personas descubren demasiado tarde que una deuda tributaria mal gestionada puede terminar con su cuenta bancaria bloqueada, sin previo aviso aparente y con consecuencias inmediatas.
Lo comento porque este escenario no es tan raro como parece. El Servicio de Impuestos Internos, conocido oficialmente como Internal Revenue Service (IRS), sigue procedimientos muy claros y documentados. El problema es que no todos los contribuyentes entienden qué significan esos avisos que llegan por correo ni la urgencia que implican.

EL IRS SÍ PUEDE BLOQUEAR TUS CUENTAS BANCARIAS
Cuando una deuda fiscal no se paga ni se resuelve a tiempo, el IRS envía lo que se conoce como el Aviso Final de la Intención de Embargo y su Derecho a una Audiencia. Este documento es clave, porque marca un antes y un después. No se trata de una simple notificación informativa, sino de una advertencia formal de que la agencia puede embargar bienes para cobrar el dinero adeudado.
En ese aviso, el IRS deja en claro que una de las medidas posibles es el embargo de una cuenta bancaria. Incluso advierte que, en ciertos casos, los fondos de familiares podrían verse afectados. Por eso siempre digo que leer ese documento con atención y actuar rápido puede evitar muchos dolores de cabeza.
¿CÓMO FUNCIONA EL EMBARGO DE UNA CUENTA BANCARIA?
Si el contribuyente no responde ni busca una solución, el IRS puede avanzar con el embargo. El procedimiento está respaldado por el Código de Impuestos Internos (IRC) y comienza con la notificación formal enviada por correo. Desde el momento exacto en que el embargo se entrega, la cuenta bancaria queda congelada automáticamente.
Ahora bien, hay un detalle importante que suele pasar desapercibido. La ley obliga al IRS a esperar 21 días antes de retirar definitivamente los fondos. Según la propia agencia, ese plazo existe para que la persona pueda comunicarse, corregir errores o proponer una alternativa de pago que detenga la medida.

EL IMPACTO EN LAS FAMILIAS Y LAS CUENTAS COMPARTIDAS
Uno de los puntos que más preocupación genera es cuando el embargo alcanza a cuentas familiares. El IRS puede bloquear una cuenta bancaria de un familiar si el contribuyente deudor figura como signatario. En esos casos, el titular legal debe comunicarse con la agencia y explicar la situación utilizando la información que aparece en el Formulario 668-A.
La clave aquí es demostrar que el dinero pertenece al familiar y no al contribuyente con deuda. No es automático, pero sí es posible resolverlo si se actúa con rapidez y se presenta la información correcta.
¿QUÉ SE PUEDE HACER PARA EVITAR QUE EL IRS TOME EL DINERO?
A lo largo del tiempo, he visto que el error más común es no comunicarse con el IRS por miedo o desconocimiento. Sin embargo, establecer contacto suele abrir la puerta a soluciones. Una de las más habituales es solicitar un plan de pagos, que permite saldar la deuda en cuotas y, en muchos casos, lograr que el embargo sea liberado.
Cuando existe voluntad de pago y se cumple con lo acordado, el IRS suele suspender las acciones de cobro más agresivas. Por eso, más allá de lo intimidante que pueda parecer una carta oficial, informarse y reaccionar a tiempo sigue siendo la mejor forma de proteger tu cuenta bancaria y tu tranquilidad financiera.
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