
La HB 253 de Florida entró en vigencia el 1 de octubre de 2025 y eleva el estándar de cumplimiento: endurece las reglas sobre matrículas y otros delitos vehiculares al reclasificar conductas y crear nuevas prohibiciones con penas más severas. Descubre qué acciones quedan prohibidas y cuáles son las multas y penas aplicables dentro de la ley.
El nuevo marco llega en un paquete de casi 30 leyes estatales -aprobadas por el gobernador Ron DeSantis- y busca placas legibles, menos imitaciones de autoridad y mayor trazabilidad del parque automotor. Autoridades y medios locales destacan cambios concretos en alteración de placas, uso de dispositivos para ocultarlas y sanciones por luces que simulan equipos policiales.

¿DE QUÉ TRATA LA HB 253 DE FLORIDA?
La ley centra su alcance en tres frentes: alteración de placas, prohibición de “dispositivos para ocultar matrículas” y penalidades más duras por aparentar autoridad con luces de emergencia. Establece que modificar u oscurecer una placa ya no es una simple infracción civil, sino un delito menor con consecuencias penales y multas definidas.
¿QUÉ ESTÁ PROHIBIDO EN LA HB 253 DE FLORIDA?
A continuación, conoce lo que está prohibido desde el 1 de octubre de 2025 con la ley HB 253:
- Mutilar, desfigurar o alterar una placa registrada del estado.
- Cambiar el color de la placa, su acabado o cualquier rasgo que afecte su apariencia original.
- Aplicar material reflectante, sprays, recubrimientos, cubiertas o marcos que oscurezcan o dificulten su lectura, visibilidad angular o detectabilidad.
- Colocar un dispositivo iluminado que impida leer la placa o su calcomanía/etiqueta de validación.
- Comprar o poseer un “dispositivo para ocultar matrículas” (manual, electrónico o mecánico) que: cambie entre dos o más placas, voltee la placa para ocultarla, la cubra u obstruya, o interfiera con la capacidad de registrar sus datos.
- Fabricar, vender u ofrecer dispositivos para ocultar matrículas en cualquier modalidad.
- Usar luces de emergencia (rojas y blancas) para aparentar ser autoridad y tratar de detener a otra persona.
¿CUÁLES SERÁN LAS SANCIONES POR VIOLAR LA LEY HB 253 DE FLORIDA?
- Alterar u oscurecer una placa: delito menor de segundo grado; hasta 60 días de cárcel y multa de hasta US$500.
- Comprar o poseer un dispositivo para ocultar matrículas: delito menor de segundo grado; hasta 60 días de cárcel y multa de hasta US$500.
- Fabricar, vender o distribuir dispositivos para ocultar matrículas: delito menor de primer grado; hasta 1 año de cárcel y multa de hasta US$1,000.
- Usar un dispositivo para ocultar matrículas durante la comisión de un delito: delito grave de tercer grado; hasta 5 años de prisión y multa de hasta US$5,000.
- Imitar a un agente con luces de emergencia para intentar detener a alguien: tipificación penal más severa con potencial clasificación de delito grave en escenarios definidos por la norma.

RECOMENDACIONES CLAVE PARA EVITAR MULTAS
- Mantén la placa limpia, sin recubrimientos, marcos gruesos, tintes ni sprays que afecten legibilidad o detección.
- No instales mecanismos que giren, tapen o cambien la placa, ni sistemas que simulen equipos policiales.
- Revisa mensualmente el estado de la placa y de la etiqueta de validación; asegúrate de su correcta fijación y ángulo visible.
- Si compras accesorios, verifica que no interfieran con la lectura completa de números y calcomanías.