
Se ha presentado recientemente un Proyecto de Ley para implementar un impuesto a los bienes de lujo, actualmente en agenda de la Comisión de Economía del Congreso.
La recaudación estaría a cargo de la SUNAT y recaería sobre bienes como aeronaves, obras de arte, objetos de colección y joyas de alto valor. Ejemplos concretos, entre otros, serían: tenencia de jets privados, automóviles clásicos, figuras de colección, anillos de compromiso, relojes y pulseras.
El impuesto gravaría a personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, domiciliadas o no en el país, siguiendo los criterios de la Ley del IR. En el caso de bienes de propiedad de no domiciliados, la responsabilidad recaería en quienes tengan el condominio, uso, usufructo, disposición, custodia, tenencia o administración de tales bienes.
Respecto a la tasa, esta sería del 1% sobre el valor que exceda las 5 UIT (este año: S/ 26,750). Por ejemplo, un reloj valorizado en S/ 40,000 tributaría sobre el exceso (S/ 13,250), generando un impuesto de S/ 132.5.
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Fundamentos políticos y económicos
La propuesta se enmarca en una visión redistributiva del sistema tributario, bajo la premisa de que quienes poseen bienes de alto valor deben contribuir en mayor medida al fisco. Desde un enfoque político, se plantea como “una medida de justicia social, destinada a reforzar la equidad y a reducir la brecha entre contribuyentes de altos ingresos y el resto de la población”.
No obstante, surgen dudas sobre su eficiencia económica. Gravar bienes de lujo podría incentivar la subdeclaración, la compra en el extranjero o la informalidad.
En un país donde la economía informal supera el 70%, la efectividad del impuesto dependerá en gran medida de la capacidad de fiscalización de la SUNAT.
Impacto esperado y riesgos
El objetivo es incrementar la recaudación fiscal. Sin embargo, experiencias comparadas muestran resultados muy poco alentadores. En países con alta informalidad, la recaudación de este tipo de tributos suele ser baja y el costo de fiscalización elevado.
El impuesto también podría desincentivar la adquisición de bienes de lujo, afectando sectores como joyería, automotriz y arte. Al recaer sobre rentas ya gravadas (por ejemplo, con el Impuesto automotriz), se cuestiona si implicaría finalmente una “doble imposición” que es proscrita. Además, podrían generar que proliferen mecanismos de elusión, como transferencias simuladas o inscripción en el extranjero.
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Comparación internacional
Otros países han aplicado impuestos similares como España (0.2% – 2.5%); Uruguay (0.4% – 0.7%); Colombia (1%); y Argentina (0.7% – 1.25%).
La recaudación, sin embargo, ha sido muy diminuta y muchas veces la medida fue transitoria. En Estados Unidos se aplicó en 1991, pero al afectar industrias como la náutica y la joyería fue derogado en 1993. En Europa, países como Bélgica, Francia, Italia y Países Bajos, han gravado ciertos bienes o el patrimonio neto, con resultados igualmente limitados.
Alternativas de política fiscal
En vez de crear un impuesto con alto costo administrativo y baja eficiencia, podría considerarse el fortalecer el Impuesto a la Renta, ampliando base y cerrando vacíos legales; mejorar la fiscalización del IGV, reduciendo evasión y elusión; implementar “impuestos verdes” que, además de recaudar, promuevan conductas sostenibles; además de reforzar los mecanismos de control patrimonial, mediante declaraciones de bienes y rentas, para cruces.
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Conclusión
Si bien el impuesto a los bienes de lujo busca fortalecer la recaudación y supuestamente aportar a la equidad, la evidencia internacional demuestra que sus beneficios han sido siempre limitados y sus costos potenciales elevados.
¿Cómo identificar los bienes suntuarios en poder de una persona?. ¿Acaso se abrirán los cajones de los contribuyentes para verificar la existencia de aquellos?. Antes de aprobar una medida de este tipo, resulta indispensable evaluar alternativas más efectivas y que no generen efectos contrarios, como la fuga hacia la informalidad o el desincentivo al consumo formal. El facilismo recaudatorio no debe prosperar.
El debate en la Comisión de Economía será decisivo para determinar si esta propuesta se convierte en una política viable o si, por el contrario, se rechaza por replicar experiencias fallidas.
La discusión debería enfocarse no solo en la recaudación, sino en la sostenibilidad del sistema tributario y en su coherencia con los principios constitucionales. Por lo tanto, este bisoño impuesto a los bienes de lujo (que más parece una proclama ideológica) genera entonces justificadas dudas en su eficacia.

Catedrático de las Universidades del Pacífico y UPC. Director de la Maestría en Tributación de la UPC