
Un proyecto conocido bajo nuevo rostro. El Proyecto de Ley que circula en el Congreso y que establece un Fraccionamiento Especial para deudas tributarias exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023, representa una reiteración de una estrategia fiscal ya ensayada en varias ocasiones.
Aunque se presenta como una iniciativa de formalización progresiva, el proyecto plantea facilidades de pago amplias, descuentos considerables sobre intereses y multas, y condiciones preferentes que, en la práctica, configuran una condonación parcial para deudas tributarias. La SUNAT, que debería actuar como eje rector de la disciplina fiscal, vuelve a asumir un papel de gestor de alivios temporales que, si bien pueden generar un impacto recaudatorio inmediato, tienen consecuencias estructurales importantes.
Eficacia limitada de los fraccionamientos
No es la primera vez que se recurre a este tipo de mecanismos. Desde el Régimen de Sinceramiento Tributario de inicios de los 2000 hasta los fraccionamientos especiales impulsados durante y después de la pandemia, la tendencia ha sido clara: ofrecer alivios extraordinarios para recuperar deudas de baja probabilidad de cobro.
LEA TAMBIÉN: El dólar bajo presión: ¿Adónde va en corto y mediano plazo?
Sin embargo, los resultados no han sido concluyentes. Según datos de la propia SUNAT, a finales de 2023 la deuda tributaria acumulada superaba los S/ 150 mil millones, de los cuales más del 57% se encontraba en litigio o cobranza coactiva. A pesar de los beneficios otorgados en anteriores programas, la recuperación efectiva ha sido baja y las tasas de reincidencia elevadas.

LEA TAMBIÉN: Blindar la cadena de valor: un deber empresarial ante actividad de redes ilegales
Incentivo perverso para la informalidad y la morosidad
Uno de los problemas más críticos de este tipo de iniciativas es el efecto disuasivo que generan sobre el cumplimiento voluntario. En la práctica, el mensaje que se transmite a los contribuyentes es que no pagar puede ser una estrategia racional “si se espera una futura condonación”. Esto erosiona la moral tributaria, en la medida en que castiga al contribuyente cumplido y premia al omiso.
LEA TAMBIÉN: Costo de capital, variable clave en todo análisis financiero
Formalización progresiva o perpetuación de la informalidad
El proyecto se justifica en la necesidad de reincorporar a pequeños y medianos contribuyentes a la formalidad. Sin embargo, no queda claro cómo la sola facilidad de pago, incluso con descuentos agresivos, garantizará un cambio estructural en la conducta fiscal de estos contribuyentes. La informalidad en el Perú, que según el INEI supera el 70% del empleo nacional, responde a una multiplicidad de causas: rigidez normativa, baja capacidad estatal, escasa educación tributaria y limitada confianza en las instituciones. Sin atacar esas causas estructurales, el fraccionamiento especial se convierte en una medida temporal que no resuelve el problema de fondo.
LEA TAMBIÉN: La triste transformación del modelo económico
Un enfoque recaudador de corto plazo
Desde el punto de vista fiscal, los fraccionamientos especiales permiten generar ingresos inmediatos mediante pagos al contado o cuotas iniciales. Sin embargo, esta liquidez es transitoria. Al reducirse los montos por condonaciones y diferirse los pagos a plazos largos, el impacto real sobre la recaudación efectiva se diluye. Además, los costos administrativos para SUNAT se incrementan por la necesidad de supervisar el cumplimiento de los nuevos fraccionamientos, lo que desvía recursos de tareas de fiscalización más productivas. A ello se suma un costo institucional mayor: la pérdida de credibilidad en la estabilidad del sistema tributario.
LEA TAMBIÉN: Petroperú: Así le hacen salvataje con gotero
Condiciones excluyentes y garantías
El Proyecto intenta mitigar algunas críticas estableciendo exclusiones para deudas por tributos retenidos, procesos por corrupción o con sentencia firme, así como requisitos de garantías en ciertos supuestos. No obstante, estas restricciones, si bien loables, no revierten el fondo del problema. El incentivo al incumplimiento persiste, especialmente cuando se permite el acogimiento de deudas en litigio y se otorgan descuentos de hasta 100% en multas. La intención de controlar los abusos no alcanza a neutralizar el efecto simbólico y práctico de premiar, una vez más, el incumplimiento.
LES TAMBIÉN: Proactividad frente a los aranceles de Donald Trump
Necesidad de una reforma tributaria estructural y coherente
La reiteración de este tipo de medidas pone en evidencia una carencia más profunda: la falta de una política tributaria sostenida y articulada. El sistema tributario peruano necesita reformas que simplifiquen el cumplimiento, fortalezcan la fiscalización efectiva, mejoren la progresividad y refuercen la cultura tributaria desde la educación y la transparencia estatal.
Los fraccionamientos especiales pueden ser parte de una estrategia puntual, pero no deben convertirse en una constante.
La excepción reiterada deja de ser tal y se convierte en regla, con todas las distorsiones que ello implica.
LEA TAMBIÉN: Retribución del Directorio: ¿transparencia obligatoria o voluntaria?

Catedrático de las Universidades del Pacífico y UPC. Director de la Maestría en Tributación de la UPC

 





