
Escribe: César Puntriano, socio del Estudio Muñiz
El Congreso de la República ha aprobado en la sesión del pleno del 10 de junio del 2025 el texto sustitutorio del Proyecto de Ley No. 4975-2022-CR, que promueve el uso de billeteras digitales para el pago de remuneraciones de los trabajadores públicos y privados del país. Se dispone que, previo acuerdo entre empleador y trabajador, se podrá hacer uso de las billeteras para el pago de remuneraciones y otras obligaciones laborales. El referido acuerdo podrá formar parte del contrato de trabajo o pactarse posteriormente.
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De acuerdo con la exposición de motivos del proyecto, las billeteras digitales se han consolidado como una importante herramienta de inclusión financiera en razón a su facilidad para realizar transacciones. Además, permiten contar con menos efectivo a la mano, genera mayor seguridad al realizar transacciones y coadyuvan a la formalización. Citando a una publicación del BBVA, el proyecto señala que las billeteras electrónicas cuentan con más de 23 millones de usuarios. Y ello es cierto pues hoy en día prácticamente todos los comercios permiten el pago mediante billeteras digitales como Yape, Plin, Tunki, Agora Pay, Bim, entre otras.
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Pero, ¿cómo se materializaría el pago de remuneraciones a través de estas billeteras digitales? El trabajador ya no necesitará una cuenta de ahorros o de pago de remuneraciones en alguna entidad financiera pues bastará con que cuente con una billetera digital para que el empleador le transfiera sus remuneraciones. A efectos de disponer del efectivo, el trabajador podrá acercarse a un cajero automático para retirar el dinero. También, empleando su billetera digital, podrá realizar pago de servicios, transferencias y en general un alto número de operaciones sin disponer de dinero en efectivo, lo que resulta más seguro. Inclusive puede acceder a créditos, lo cual hoy no ocurre cuando la remuneración se paga en efectivo, algo que sigue ocurriendo pese a que la regulación exige que las remuneraciones se abonen mediante el sistema financiero.
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Al respeto, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en una nota de investigación de octubre de 2022, señaló que nuestro país cuenta con un gran potencial para expandir el pago de los salarios digitales, un marco legal que los promueve, un acceso creciente a la financiación y la explosión en el uso de las billeteras digitales. Añade la OIT un dato muy importante: la necesidad de apoyar a las pequeñas y medianas empresas para que digitalicen sus operaciones y pago de remuneraciones, y así existan oportunidades para que los proveedores de servicios financieros satisfagan mejor las necesidades tanto de las pequeñas empresas como de los trabajadores.
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La regulación laboral sobre pago de remuneraciones no restringe esta iniciativa, disponiendo que, si el abono es realizado por intermedio de terceros, esta modalidad debe permitir que el trabajador disponga de la remuneración en la oportunidad establecida, de manera íntegra y sin costo alguno. Ello implica que cuando el trabajador acuda a un cajero automático a disponer de la remuneración transferida a su billetera digital no debería perjudicarse con el cargo de alguna comisión sobre su remuneración.
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Asimismo, la disposición en materia laboral señala que dentro de los 10 días hábiles de iniciada la relación laboral, el trabajador debe comunicar al empleador el nombre de la empresa del sistema financiero elegida y el número de cuenta. Vencido el plazo sin que el trabajador haya cumplido con comunicar su elección, el empleador podrá efectuar los depósitos de la remuneración en dinero, en cualquier empresa del sistema financiero donde se ubique el centro laboral en el que preste servicios el trabajador. Esta regla debería ser modificada para considerar como opción de pago a la billetera digital.
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Lo que falta es que el Poder Ejecutivo promulgue la autógrafa y pase a reglamentaria, siendo relevante que en el reglamento quede claro la importancia de las remuneraciones se perciban de manera puntual, íntegra y sin costo alguno para el personal. Adicionalmente, y no menos importante, es la fijación de estándares de seguridad para evitar fraudes informáticos que podrían perjudicar a los trabajadores. Y también pensemos no solamente en la seguridad informática sino en la urgencia de que haya mayor seguridad ciudadana frente a robos de celulares pues, como la billetera es controlada mediante un aplicativo que se descarga en el teléfono móvil no vaya ocurrir que una vez robado este, se pueda acceder de forma ilimitada a la billetera digital y por ende a las remuneraciones del trabajador.
La iniciativa resulta positiva para la inclusión financiera, la formalización, el mejoramiento de acceso a créditos, entre otros, pero requiere evaluar los aspectos relacionados con la seguridad para evitar fraudes informáticos, estafas, robos, generando mayor confianza en los trabajadores, quienes deberán ser capacitados en el uso de las billeteras digitales.
