Este punto nos remonta y concuerda con la resolución emitida por el Tribunal Constitucional (TC) en febrero pasado; en efecto, la citada resolución, como se recuerda, prohíbe el cobro de intereses moratorios sobre la deuda tributaria por una demora provocada por la misma Administración o por el Tribunal Fiscal. (Foto: archivo GEC)
Este punto nos remonta y concuerda con la resolución emitida por el Tribunal Constitucional (TC) en febrero pasado; en efecto, la citada resolución, como se recuerda, prohíbe el cobro de intereses moratorios sobre la deuda tributaria por una demora provocada por la misma Administración o por el Tribunal Fiscal. (Foto: archivo GEC)

Catedrático de las Universidades del Pacífico, UPC y UCSUR. Director de la Maestría en Tributación de la UPC.

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