
La Comisión Especial de Alto Nivel Multipartidaria encargada de la Reforma Integral del Sistema de Administración de Justicia, presidida por la congresista Maricarmen Alva (Acción Popular), aprobó por unanimidad su informe final-Etapa 1, referido a las modificaciones constitucionales necesarias para modernizar y fortalecer el sistema de justicia, el cual propone entre otros ajustes la eliminación de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
La propuesta reemplaza a la Junta Nacional de Justicia por la nueva Escuela Nacional de Justicia, que asumirá también las funciones de la Academia de la Magistratura. Esta escuela formará a jueces y fiscales mediante un proceso meritocrático de dos años de estudios y un año de práctica, eliminando la provisionalidad y las designaciones “a dedo”.
“Que sea como una escuela diplomática donde uno postula a ser juez o fiscal y donde lo evalúan y que sería una carrera meritocrática, y no una designación a dedo como ocurre ahora”, manifestó Alva, quien luego aseguró que la actual conformación de la JNJ terminará su periodo.
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El informe establece que toda referencia a la JNJ y a la Academia de la Magistratura deberá entenderse, una vez en funcionamiento, como Escuela Nacional de Justicia, nueva entidad responsable de la formación, selección y evaluación de magistrados.
En tanto, la designación de los representantes del Consejo Directivo de la nueva institución se realizará seis meses antes de concluir el mandato de los actuales miembros de la JNJ. Asimismo, la JNJ deberá organizar de manera anticipada el proceso de transición para garantizar una instalación oportuna.
Asimismo, el Consejo Directivo deberá instalarse dentro de los 10 días calendario posteriores a su designación.
Una vez que se instale, el Consejo Directivo contará con otros 90 días calendario para remitir al Congreso el proyecto de ley orgánica de la Escuela Nacional de Justicia, el cual tendrá prioridad en comisiones y Pleno.
Desde su instalación, la nueva entidad deberá asumir los recursos presupuestales, personal e infraestructura actualmente asignados a la JNJ y a la Academia de la Magistratura. Mientras que los procesos en trámite quedarán suspendidos hasta que la Escuela Nacional de Justicia ejerza plenamente sus competencias, asegurándose el respeto de los derechos laborales de los trabajadores.

Otros cambios
El documento precisa que la elección popular de jueces de paz, establecida en el artículo 151 de la Constitución, será regulada mediante una propuesta legislativa que el Poder Judicial deberá presentar en un plazo máximo de 90 días calendario desde la entrada en vigor de la reforma.
La modificación del artículo 201 sobre el número y período de los magistrados del Tribunal Constitucional entrará en vigor cuando todos los actuales miembros hayan culminado su mandato regular.
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También se dispone que los cambios en el período de mandato y la posibilidad de reelección del presidente de la Corte Suprema y del Poder Judicial no se aplicarán al actual titular, cuyo mandato concluirá conforme a la norma vigente al momento de su elección.
Además, se establece que la obligatoriedad del ejercicio titular de las funciones judiciales y fiscales regirá de manera plena a partir del año siguiente de la entrada en vigencia de la reforma, completándose en dicho plazo la eliminación progresiva de la provisionalidad.







