
La inscripción de compraventas en el Registro de Propiedad Inmueble se incrementó en 11.21 % en el primer trimestre del 2025 con respecto al mismo periodo de tiempo del año pasado, informó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Según la entidad, en el primer trimestre del 2025 se registró la inscripción de 64,202 compraventas. Esto significa que fueron 6,467 más que en 2024 en el mismo tiempo en todo el país, en donde se registraron 57,733 en aquella ocasión.
El registro de la compraventa es importante para se le pueda considerar como propietarios de manera correcta, así como poner de conocimiento público y cuente con todos los mecanismos de seguridad jurídica.
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Si deseas registrar un inmueble, sigue estos pasos
Para registrar un inmueble en la SUNARP, se deben seguir los siguientes pasos. Estos son válidos para viviendas nuevas como de segundo uso.
Lo primero es verificar si la vivienda ya se encuentra inscrita. Se recomienda solicitar el certificado literal o la copia informativa del inmueble a adquirir, además del Certificado Registral Inmobiliario (CRI). Estos documentos contienen:
- Historial del inmueble (todos los actos que se han realizado en el inmueble)
- Nombre del propietario.
- Los trámites pendientes sobre la propiedad.
- Las cargas o gravámenes que hubiera sobre el inmueble.
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Una vez realizado el contrato de compraventa, el vendedor y el comprador del inmueble deben acudir a un notario para que se expida el parte notarial de la escritura pública de la compraventa.
Luego se realiza la solicitud de inscripción en la Oficina Registral. El trámite se realiza a través del Sistema de Intermediación Digital a nivel nacional. Por ello, se deberá coordinar con la notaría para su presentación.
El documento ingresado a la Oficina Registral de la SUNARP deberá tener el parte notarial de la escritura pública de compraventa de la vivienda.
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Finalmente, se debe tener el asiento de inscripción en la partida registral. Una vez que el título de compraventa del inmueble es revisado por el registrador público, este puede dar las siguientes respuestas:
- Inscribir la compraventa de estar todo conforme, siempre y cuando el expediente cumpla con todos los requisitos legales y se han cancelado las tasas registrales correspondientes.
- Observar, si falta algún requerimiento, en caso de que al expediente le falta algún requisito legal.
- Liquidar, si falta cancelar la tasa registral, si en caso no han sido canceladas.
Cuando todo el proceso concluye de manera adecuada, el registrador inscribe la compraventa, con lo cual se le otorga seguridad jurídica y protección a su adquisición.
