
La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi confirmó que la aerolínea Iberia vulneró los derechos de una consumidora y sus dos hijas menores al impedirles abordar un vuelo con destino a España, a pesar de contar con pasajes válidamente adquiridos.
Según la resolución, la empresa exigió de manera injustificada la presentación de la tarjeta de crédito utilizada para la compra online, así como la presencia del titular de dicha tarjeta, quien no viajaba con ellas. Esta condición, impuesta a la madre como requisito para embarcar, no solo fue innecesaria —ya que la transacción había sido validada digitalmente—, sino que además derivó en la pérdida del vuelo.
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Tras revisar el caso, la Sala concluyó que esta exigencia fue excesiva e innecesaria, pues la compra ya había sido validada en línea.

Este tipo de práctica constituye un método comercial coercitivo, al imponer condiciones no contempladas en el proceso de compra, en contravención del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
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Como medida correctiva, se ordenó a Iberia devolver el monto íntegro de los pasajes más los intereses legales. Respecto a la multa impuesta inicialmente, la Sala solicitó que la Comisión de Protección al Consumidor N.º 2 emita un nuevo pronunciamiento, al determinar que no se motivó adecuadamente la sanción.
La resolución completa puede consultarse AQUÍ.